REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 28 de mayo de 2012
201º y 152º
ASUNTO : IP01-P-2011-0001810
En fecha 16 de Mayo de 2012, se dio inicio a la apertura del debate Oral y Público en la presente causa, seguida al ciudadano JULIO GARCÍA SANGRONIS, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES YPSICOTRÓPICAS, juicio que apertura el Juez Suplente Saturno Ramírez, en virtud de que titular del despacho se encontraba de reposo médico, por fractura a nivel de la clavícula izquierda; el juicio en mención no se logra concluir el mismo día y se fijó como fecha de continuación el día 23 de mayo de 2012, fecha en la cual no se reanuda en virtud del principio de inmediación, toda vez que, el Juez Juan Carlos Palencia Guevara, se reintegra a sus funciones jurisdiccionales el día el día 18 de mayo próximo pasado, y que, en resguardo del artículo 16 del Código Orgánico Procesal Penal, el Principio de la Inmediación, se entiende como la obligación que tienen los jueces de presenciar ininterrumpidamente el debate y la incorporación de las pruebas de las cuales obtiene su conocimiento.
Por otra parte, se tiene que, desde la fecha de apertura del debate hasta la presente han transcurrido más de diez (10) audiencias lo que hace incuestionable la Interrupción del Juicio Oral y Público, de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal que consagra lo siguiente:
“Si el debate no se reanuda a más tardar al undécimo día después de la suspensión, se considerara interrumpido y deberá realizarse nuevamente desde su inicio”.
De igual forma el artículo 335 del Código Orgánico Procesal Penal, establece la concentración del proceso, estableciendo que el Tribunal realizará el debate Oral en un solo día y si no fuere posible, el debate continuará durante los días consecutivos que fueren necesarios para su conclusión, estableciendo igualmente las causas por las cuales se podrá suspender el debate por diez días, y, solo en los casos de resolver cuestiones incidentales; cuando una de las partes le sea imposible venir a la continuación del Juicio y por la incomparecencia de testigos y expertos.
De manera que, habiéndose suspendido el debate oral y público en el presente asunto y transcurrido más del tiempo establecido en la Ley Procesal Penal, lo procedente en derecho es declarar interrumpido el Juicio Oral iniciado en fecha 16 de mayo de 2012, seguida al ciudadano JULIO GARCÍA SANGRONIS, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES YPSICOTRÓPICAS.
DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Interrumpido el Juicio Oral y Público, iniciado en fecha 16 de mayo de 2012, seguida al ciudadano JULIO GARCÍA SANGRONIS, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES YPSICOTRÓPICAS. SEGUNDO: Se ordena iniciar de nuevo y desde el inicio el mencionado Juicio seguido al acusado de marras.
Se ordena a la secretaria fijar en agenda la nueva oportunidad del juicio oral y público y librar las boletas de notificaciones a las partes informando de la presente resolución y de la fecha del debate. Cítese a los expertos y testigos promovidos por las partes. Solicítese el traslado del acusado. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA
EL SECRETARIO DE SALA
RAMÓN LOAIZA QUEIPO
RESOLUCIÓN N° PJ00720120000082.-