REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 23 de Mayo de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-000404
ASUNTO : IP11-P-2011-000404


AUTO AUTORIZANDO LA SALIDA DEL PAIS
Vista la solicitud realizada por ante este Tribunal, por el ciudadano, NICOLANTINO UNGARI LOMANZO, titular de la cedula de identidad numero V-11.528.330, domiciliado, la calle Los Naranjos, Residencias Millenium, apartamento 12-A, Valencia Estado Carabobo, imputado por ante este Tribunal por la presunta colisión de un ilícito Penal, contemplado en la Ley para la defensa de las personas a los bienes y servicios, mediante la cual solicita se le autorice la salida del País por un lapso de Treinta Días, para viajar a la Ciudad de Bari (Italia), ciudad natal de sus padres, toda vez que allí tiene familiares de avanzada edad y a quienes debe prestar asistencia, alegando que en el Lapso de su viaje, estará al frente de la empresa URPECA y de las obras, el otro imputado en el presente asunto, su socio de nombre JOSE RAMON URDANETA. Ahora bien; en vista a la presente solicitud, este Tribunal, oficio a la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, a los efector que diera su opinión, acerca de la presente solicitud y se recibió en el día de hoy 21 de Mayo de 2012, Oficio FAL-6-1138-12, dirigido a este Tribunal, pro la Fiscal Sexta del Ministerio Publico, Abg., GRISSET VIVIEN, en la cual da su opinión favorable, para que este Tribunal Autorice al ciudadano NICOLANTINO UNGARI LOMANZO, Representante de la Constructora Urpeca, sobre quien pesa medida de Prohibición de salida del País, a salir del País; toda vez que de acuerdo a la solicitud presentada por dicho ciudadano, en fecha 25 de Abril de 2012, por ante ese despacho Fiscal, manifiesta la urgencia de trasladarse en fecha 25 de Junio de 2012, a la Ciudad de Bari (ITALIA) por un lapso de treinta (30) días continuos, donde debe prestar asistencia a familiares de avanzada edad, en esa ciudad.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; RESUELVE: PRIMERO: SE AUTORIZA LA SALIDA DEL PAÍS al ciudadano NICOLANTINO UNGARI LOMANZO, titular de la cedula de identidad numero V-11.528.330, domiciliado, la calle Los Naranjos, Residencias Millenium, apartamento 12-A, Valencia Estado Carabobo, cuyo itinerario de viaje es el siguiente: Salida a Paris el día 25 de Junio de 2012, por la Línea Aérea Air France. Paris-Madrid el día 26 de junio de 2012, por la Línea Aérea Air France, Madrid-italia, por vía férrea, Italia-Paris, por vía férrea, debiendo regresar desde Paris, el día 23 de Julio de 2012, por la Línea Aérea Air France. SEGUNDO: Ofíciese al SAIME a los efectos de dar cumplimiento a la Autorización de salida del País del mencionado ciudadano. Ofíciese a la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, a los efectos legales consiguientes, remitiéndole copia certificada por secretaria del presente auto. Notifíquese al solicitante. Y ASI SE DECIDE.

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS
EL SECRETARIO
ABG. GREGORY COELLO