REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 15 de Noviembre de 2012
Años: 202º y 153º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 178-2012, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): LISBETH JOSEFINA YANTIL MAVAREZ, actuando en su propio nombre y en representación de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, del ciudadano: DANNY RAFAEL LÓPEZ; asistidos por el (la) Abogado SUGEILY ARTEAGA, Inpreabogado N° 103.901. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) DAWSON GREGORIO LÓPEZ YANTIL, era venezolano (a), Militar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.681.463, residenciado (a) en la Intercomunal Alí Primera, Destacamento 44, Municipio Los Taques del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Veinticinco (25) de Agosto de Dos Mil Doce (2012), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 40, extendida en fecha 27/08/2012, por la Oficina de la Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Los Taques del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a sus padres ciudadanos: LISBETH JOSEFINA YANTIL MAVAREZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.204.283 y DANNY RAFAEL LÓPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nros. V-13.204.511, ambos domiciliados en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Quince (15) días del mes de Noviembre de 2012. Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. FC
La Juez Titular La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta
SOL. 178