REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 02 de Noviembre de 2012
Años: 202º y 153º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 171-2012, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por los ciudadanos MARBELLA ADOLFINA MORALES de RUIZ, CÉSAR ERNESTO RUIZ MORALES, LUÍS ALBERTO RUIZ MORALES, LENIN JOSÉ RUIZ MORALES y LUCELIN AUXILIADORA RUIZ MORALES; asistidos por el (la) Abogado NIDIA MEDINA, Inpreabogado N° 128.188. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) LUÍS CÉSAR RUIZ JIMÉNEZ, era venezolano (a), T.S.U. en Mercadeo Agrícola, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.102.615, residenciado (a) en la Urbanización Las Delicias, Prolongación Iturbe, casa N° 44-A, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Veinte (20) de Julio de Dos Mil Doce (2012), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 702, extendida en fecha 23/07/2012, por el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a su esposo (a), ciudadano (a): MARBELLA ADOLFINA MORALES de RUIZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.831.459; y a sus hijos, ciudadanos: CÉSAR ERNESTO RUIZ MORALES, LUÍS ALBERTO RUIZ MORALES, LENIN JOSÉ RUIZ MORALES y LUCELIN AUXILIADORA RUIZ MORALES, venezolano (s), mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-11.140.349, V-14.654.769, V-12.182.261 y V-16.942.550, respectivamente, todos domiciliados en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Dos (02) días del mes de Noviembre de 2012. Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria las copias certificadas solicitadas. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. FC

La Juez Titular La Secretaria Titular,
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta







SOL. 171