REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 11/10/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 04 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 515-2012, de fecha 04/10/2012, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 158-2012, llevado por ese Juzgado, formulada por el ciudadano RAMÓN LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-230.480, asistido por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.999, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 24/10/2012 se dicta auto proveyendo la diligencia y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano RAMÓN LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-230.480, asistido por el Abg. JESÚS E. VIVAS P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.999.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en un inmueble que esta ubicado en la Calle Bolívar con calle Purureche, en esta ciudad del Municipio Miranda del Estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 06/11/2012, a las 09:00 am., Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma.
En fecha 06/11/2012 se levanta Acta mediante la cual esta Jueza se trasladó y constituyó, previa habilitación del tiempo necesario, con el ciudadano RAMON LUIS ISIDRO, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-230.480, asistido por el abogado JESUS ELVIDIO VIVAS PADILLA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 18.999, con la finalidad de darle cumplimiento a la evacuación de la INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por ante el Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por el ciudadano RAMON LUIS ISIDRO, ya identificado. Acto seguido, este Juzgado de conformidad con el petitorio del solicitante, se trasladó a la siguiente dirección: Calle Bolívar con Calle Purureche, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, estado Falcón. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas, procedió a nombrar a los Auxiliares de Justicia respectivos, designando como Experto al ciudadano GUSTAVO ALFREDO UGARTE RAFFE, venezolano, mayor de edad, casado, técnico en Construcción Civil, titular de la cédula de identidad número V-7.485.587; y se designa como Fotógrafa a la ciudadana ELIETT COROMOTO GUTIÉRREZ ÁLVARADO, venezolana, mayor de edad, quien labora como fotógrafa profesional, titular de la cédula de identidad número V-3.674.623; quienes estando presente y tomado el juramento de ley, juran cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo para el cual han sido designados; a los fines de dejar constancia, a través de la colaboración de sus conocimientos como experto y a través del respectivo informe fotográfico, sobre los particulares solicitados en dicha Inspección Judicial. Asimismo se procede a identificar la cámara con la cual la fotógrafa tomará las fotografías solicitadas en la presente inspección y que posee las siguientes características: MARCA: CANON, MODELO: A1, SERIAL: 2004460. Encontrándose este Tribunal constituido en dicha dirección, se procede a dejar constancia de los hechos solicitados en esta Inspección, que fueron Admitidos y que fueron admitidos por el tribunal comitente.
En fecha 08/11/2012 se recibe escrito presentado en fecha 07/11/2012, por la ciudadana ELIETH GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° 3.674.623, Experto Fotográfica designada en la presente Inspección Judicial, por medio de la cual consigna constante de 06 folios útiles, evidencias fotográficas relacionadas con la misma, a los fines de que sean agregadas a los autos respectivos.
En consecuencia, este Tribunal provee de conformidad y ordena agregar las evidencias fotográficas consignada por la Experto para que formen parte íntegra de la presente Inspección Judicial, así como remitir las resultas de la misma al Tribunal de Origen, agregadas como han sido las actuaciones. En la misma fecha se libro Oficio Nro. 310/2012 remitiendola al comitente constante de 20 folios utiles, debidamente cumplida.