REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, diecinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-J-2012-001200
PARTE NARRATIVA
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Revisada la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana MARIA ELIZABETH SALCEDO, titular de la cedula de identidad Nº V-10.720.109, quien actúa en representación de los derechos e intereses de su hija, se omite el nombre, debidamente asistida por el ciudadano abogado OMER ROBERTIS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 127.187. En consecuencia este Despacho Judicial de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ADMITE.
PARTE MOTIVA
Refiere el escrito libelar presentado ante este Tribunal, que el adolescente: DIEGO ANDRES MAYORGA SALCEDO, es hijo de los ciudadanos MARIA ELIZABETH SALCEDO y JESÚS ALCIDES MAYORGA, fallecido en fecha 26 de junio de 2012, como evidencia el Acta de Defunción, y que para la fecha del fallecimiento del padre del adolescente antes mencionado, ciudadano: JESÚS ALCIDES MAYORGA, desempeñaba sus labores como funcionario público al Servicio de la Guardia Nacional Bolivariana, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, en nombre del adolescente: se omite el nombre, para tramitar, cobrar y administrar la cuota parte correspondiente al Seguro de Vida y por concepto de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales de quien en vida fuera el padre JESÚS ALCIDES MAYORGA, Ut supra, le correspondan, ya que va en beneficio del adolescente ante identificado.
PARTE DISPOSITIVA
Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana MARIA ELIZABETH SALCEDO, titular de la cedula de identidad Nº V-10.720.109, madre del adolescente: se omite el nombre, para que en nombre de éste, proceda a tramitar, cobrar y administrar la cuota parte correspondiente al Seguro de Vida y por concepto de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales de quien en vida fuera el padre JESÚS ALCIDES MAYORGA, fallecido en fecha 26 de junio de 2012. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte de las niñas, deberán ser remitidas al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de los mismos. Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta AUTORIZACIÓN y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el despacho de la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a los diecinueve (19) día del mes de Noviembre del año dos mil doce (2012).
DRA. JENNY RODRÍGUEZ LAMON
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
EN MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO;
ABG. FREDDYS MANUEL ROMERO H.
En esta misma fecha, siendo la 09:36 a.m. se dictó y se publicó la presente sentencia. Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.-
EL SECRETARIO;
ABG. FREDDYS MANUEL ROMERO H.
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