REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veintiocho de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-J-2012-001177
Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por la ciudadana JANNET JACQUELINE REVILLA DA COSTA, titular de la cedula de identidad Nº V-11.765.957, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre los HNOS. se omiten nombres, hijos de los ciudadanos RAFAEL REVILLA y YAUDY ZERPA, titulares de la cedulas de identidad Nº V-14.075.859 y V-16.756.993 y en razón de que el ciudadano RAFAEL REVILLA, contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana JANNET JACQUELINE REVILLA DA COSTA, antes identificada, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana JANNET JACQUELINE REVILLA DA COSTA ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre los HNOS se omiten nombres.
Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
Publíquese y Regístrese.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.-
Abg. Jenny Rodríguez Lamón
La jueza Primera de Primera Instancia
En Mediación y Sustanciación
El Secretario,
Abg. Freddys Romero
JRL/jr
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