REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, cinco de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-V-2012-000219
En el día de hoy, 05 de Noviembre de 2012, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m), día y hora fijado para llevarse a cabo la celebración de la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la demanda por obligación de manutención que intentara la ciudadana: LILA JOSEFINA WEELMAN CAPRILES titular de la cédula de identidad Nº 10.610.024 en contra del ciudadano LUIS SAAVEDRA QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 9.930.629.En este estado se deja constancia de la presencia de la ciudadana: LILA JOSEFINA WEELMAN CAPRILES asistida por los abogados Daniel Curiel y Laura Goitia Inpreabogados Nros. 101.838 y 132.792 respectivamente y del ciudadano LUIS SAAVEDRA QUINTERO asistido por el abogado Franklin González Inpreabogado Nro. 50.520 y la Fiscal del Ministerio Publico Dra. Maria Gabriela Reyes. Seguidamente el contenido de la mediación su finalidad y conveniencia indicando las partes querer mediar en los siguientes términos: el papa aportara la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs.1500.00), a partir del mes de enero de 2013, los cuales serán depositados en la cuenta ahorro Nro 016-01-1203-0183331729 en la institución financiera BOD, a nombre de la ciudadana LILA JOSEFINA WEELMAN CAPRILES. En el mes de diciembre aportara la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000) y el mismo monto en el mes de agosto. Ahora bien el ciudadano debe cuotas de obligación de manutención de los años 2009, 2010,2011 y 2012 que asciende a la cantidad de QUINCE MIL SIESCIENTOS BOLIVARES, (Bs. 15.600,00) lo cuales cancelara en tres cuotas de CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES cada una, pagaderas la primera 30 de noviembre la segunda 15 de Diciembre de 2012 y la ultima 30 de enero de 2013. respecto a los gastos de medicinas y controles médicos y recreación serán compartidos cincuenta por ciento cada uno de los progenitores, indicando con por lo menos 3 días de anterioridad el monto de las consultas y medicinas a cancelar. El monto de la obligación de manutención deberá de aumentar automáticamente todos los años. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Jenny Rodríguez Lamón
LILA JOSEFINA WEELMAN CAPRILES
LUIS SAAVEDRA QUINTERO
Dr. Daniel Curiel
Dra. Laura Gotilla
Dra. Franklin González
Fiscal del Ministerio Publico
Dra. Maria Gabriela Reyes
El Secretario
Abg. Ignacio Hidalgo
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