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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
 Punto Fijo, seis de noviembre de dos mil doce
 202º y 153º
 
 ASUNTO: IP31-J-2012-001115
 Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por  de la   ciudadana ASTRID CAROLINA URBINA RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº V-24.526.478, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre el adolescente: se omite el nombre, hija de la de la ciudadana YELITZA BEATRIZ RIVERO CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-9.730.240, y en razón de que la ciudadana YELITZA BEATRIZ RIVERO CASTILLO contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana: ASTRID CAROLINA URBINA RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº V-24.526.478, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona  de la ciudadana: ASTRID CAROLINA URBINA RIVERO ya identificado, a fin de que lo ejerza, sobre el adolescente: se omite el nombre. Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
 
 Publíquese y  Regístrese.
 
 DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTACIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN. A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.
 
 
 ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
 JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL
 DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
 
 EL  SECRETARIO,
 
 ABG. IGNACIO HIDALGO
 
 
 EN ESTA MISMA FECHA, SIENDO LAS 02:20 PM SE DICTO Y SE PUBLICO  LA PRESENTE SENTENCIA
 
 
 
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