REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 17 de Noviembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2012-009921
ASUNTO : IP11-P-2012-009921

AUTO ACORDANDO LIBERTAD PLENA


En el día de hoy, Sábado Diecisiete (17) de Noviembre de 2012, siendo las 1.44 horas de la tarde, oportunidad fijada previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes se constituyo el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo en la Sala de Audiencias Nro. 01, a los fines de dar inicio a la Audiencia Oral de Presentación de imputado, en virtud del escrito de presentación de detenido, interpuesta por la ciudadana Fiscal 15° del Ministerio Público mediante el cual solicita la declinatoria de Competencia del Ciudadano: ROA EDGAR ISMAEL, el cual se encuentra solicitado por otra Jurisdicción por el Juzgado Octavo de Control del estado Táchira, por el delito de Resistencia a la Autoridad, según expediente Número FJ22-P-2007-000224, de fecha 06-08-2012, razón por la cual solicita sea puesto a su vez, a la orden de la BRIGADA DE CAPTURA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS, para su traslado a la jurisdicción que lo requiere. Acto seguido el Ciudadano Juez solicitó a la secretaria de Sala se sirva verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la presencia del ABG. CARLOS COLMENARES, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, el Imputado Ciudadano ROA EDGAR ISMAEL. Seguidamente solicita la palabra el imputado de la presente causa ciudadano: ROA EDGAR ISMAEL y quien designa en sala a los ABG. ZAVALA GARCIA VICTOR JULIO, Impreabogado Nº 189.644, teléfono Nº 0414-6994354 y ABG. SALAS ANYELO JESUS, teléfono 0426-9672520 impreabogado 189.660, domicilio procesal Parroquia Punta Cardón, sector Los rosales, calle 1, con callejón 1, casa N° 14 de esta ciudad de Punto fijo estado Falcón, para que conjuntamente o separado de los defensores antes nombrados lo defiendan, de conformidad con lo previsto en el artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso: Acepto el cargo de defensor privado del ciudadano ROA EDGAR ISMAEL y juramos cumplir bien y fielmente los deberes y obligaciones que el cargo nos impongan en el cargo de Defensores de Confianza designados en nuestras personas. De seguidas el Ciudadano Juez dio inicio al acto, concediéndole la palabra al ciudadano Fiscal, quien hizo una exposición breve de los hechos y fundamentos de derecho plasmados en su escrito de presentación y que dio origen para que pusiera a disposición de este Tribunal al ciudadano ROA EDGAR ISMAEL, el cual se encuentra solicitado por otra Jurisdicción por el Juzgado Octavo de Control del estado Táchira, por el delito de Resistencia a la Autoridad, según expediente Número FJ22-P-2007-000224, de fecha 06-08-2012, razón por la cual solicita sea puesto a su vez, a la orden de la BRIGADA DE CAPTURA DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS, razón por la cual solicito sea puesto a la orden de brigada de Capturas del CICPC para su traslado. Es todo”. Seguidamente el ciudadano Juez le explico al Ciudadano imputado que esta era una oportunidad para que expusiera lo que creyera pertinente, sin embargo no está obligados a hacerlo, tal y como lo consagra el Artículo 49 en su ordinal 5° de la Constitución Nacional, igualmente les explico los derechos que tienen como imputado y se le preguntó si deseaba declarar, manifestando el mismo que No deseaba declarar, por lo cual se paso al estrado para que aporten sus datos personales, manifestando ser y llamarse de la siguiente manera: ROA EDGAR ISMAEL, Venezolano, natural del Estado Táchira, nacido en fecha 19-01-1975, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V-10.747.936, de estado civil soltero, grado de instrucción: 3er grado primaria, domiciliado en: Avenida Táchira, Calle Don Bosco, casa sin número, al lado de Don Regalón, Punto Fijo Estado Falcón, teléfono 0414-750.1654 (hermano Belsy Moscada), celular 0426-3474047. Seguidamente se le cede la palabra al DEFENSOR PRIVADOR ABG. SALAS ANYELO JESUS, quien procede a señalar sus argumentos legales a favor de su defendido, indicando: “En vista de que el ciudadano ha presentado constancia certificada de su condición jurídica en el que determina que la orden de aprehensión quedó sin efecto es por lo que se solicita la libertad de este ciudadano de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° Constitucional o en todo caso puede su autoridad o el propio fiscal del Ministerio Publico verificar tal situación. Es todo”. Acto seguido el Fiscal del Ministerio procede a realizar llamada con el funcionario de guardia den CICPC de apellido Castillo, quien me manifestó que el ciudadano antes identificado aparecía en el sistema por una solicitud de orden de aprehensión y que la misma decía sin efecto así mismo manifestó que me enviaría la impresión a los efectos de dejar constancia de lo antes dicho en virtud de esa información recibida solicita la Libertad Plena de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° Constitucional. el Ciudadano Juez oída la exposición de las partes hace las siguientes observaciones: Escuchadas las exposiciones efectuadas en esta sala de audiencia, pasa a pronunciarse de la siguiente manera, vista la llamada telefónica realizada por el Fiscal del Ministerio Público al CICPC, y constatado como ha sido que ha quedado sin efecto la orden de aprehensión contra el ciudadano: ROA EDGAR ISMAEL, es por lo que este Tribunal Segundo de Control de circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo acuerda Decretar la Libertad Plena de conformidad con lo establecida en el artículo 44 ordinal 1° Constitucional para el ciudadano ROA EDGAR ISMAEL, Venezolano, natural del Estado Táchira, nacido en fecha 19-01-1975, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N V-10.747.936, de estado civil soltero, grado de instrucción: 3er grado primaria, domiciliado en: Avenida Táchira, Calle Don Bosco, casa sin número, al lado de Don Regalón, Punto Fijo Estado Falcón, teléfono 0414-750.1654 (hermano Belsy Moscada), celular 0426-3474047.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT

LA SECRETARIA
ABG. LUCIBEL LUGO