DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCÓN Y LOS TAQUES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Pueblo Nuevo, ocho (08) de Octubre del Año Dos Mil Doce (2012)
Años: 202º y 153º

Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos EDGAR RAFAEL GONZALEZ y JUANA GREGORIA BRAVO HERNANDEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° V- 10.143.060 y V- 15.386.252 respectivamente, domiciliados EL: En el Parcelamiento de Antiguo Aeropuerto, calle 9, casa 31-A, jurisdicción del municipio Carirubana del Estado Falcón; y ELLA: En el Sector Ezequiel Zamora, calle Principal, casa N° 35, jurisdicción del municipio Carirubana del Estado Falcón, ambos asistidos por la Abogada JOSELYN CRIATIAN BAEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V15.592.238, debidamente inscrita ante el I.P.S.A. bajo el Nº 171.251. El Tribunal, por cuanto dicha solicitud no es contraria al orden público a las buenas costumbres ni a disposiciones expresas de la Ley, la admite, dándole entrada, quedando registrada en el Libro de Causas Civiles bajo el No. 12-125. En consecuencia, por cuanto se observa que han sido cumplidos los extremos indicados en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil Venezolano, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, y en virtud de Resolución Nº: 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº: 39.152, de fecha 02 de abril de 2009, en la cual se modifica la competencia de los Juzgados de Municipio, DECRETA la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos EDGAR RAFAEL GONZALEZ y JUANA GREGORIA BRAVO HERNANDEZ, antes identificados. Expídanse por Secretaría las copias certificadas requeridas y entréguensele a los solicitantes. Fórmese el expediente respectivo y háganse las anotaciones correspondientes en los libros respectivos. Cúmplase con lo ordenado.
La Jueza Provisoria,

ABG. JOHANA GABRIELA ROMAN GONZALEZ
Jueza Segunda de los Municipios Falcón y Los Taques
de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Secretaria Titular,

ABG. DALIA C. VETANCOURT ARIAS
Nota: en esta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente. Quedo registrada bajo el N° 240. Conste.-
La Secretaria Titular

ABG. DALIA C. VETANCOURT ARIAS