REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 16 DE OCTUBRE DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: MANUEL ANTONIO QUIÑONES ROJAS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.985.356, venezolano, soltero, Mayor de edad, de profesión u Oficio Comerciante, domiciliado en la Población de la Taza, Parroquia El Charal, Municipio Unión del Estado Falcón, asistido en este acto por el Ciudadano: JESUS L. CHIRINOS RIVERO, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 178.781, Titular de la Cedula de Identidad N° 6.564.672, con domicilio procesal en Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: MANUEL ANTONIO QUIÑONES ROJAS, sobre: Una bienhechuria constante de Una (01) casa de bloque de Tres (03) cuartos, Dos (02) salas, Un (01) baño, Una (01) Cocina, Un (01) porche, Techo de zinc y piso de cemento pulido, el resto de terreno se encuentra sembrado de árboles frutales. Las bienhechurias ocupan una superficie de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS (146,90 M2), de construcción, enclavada en un área de terrenos Municipales que mide: OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (845,64 M2), se encuentra ubicado en la población de La Taza, Parroquia El Charal, Municipio Unión, Estado Falcón. Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Con carretera Principal Vía El Tigrito.
SUR: Con Propiedad de Luís Guadarrama.
ESTE: Con Propiedad de Araceli Morales.
OESTE: Con Propiedad de Luís Guadarrama.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (250.000 BSF).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECISEIS (16) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DOCE. (16-10-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. LEIDY SANCHEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABOG. LEIDY SANCHEZ.