REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 09 DE OCTUBRE DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: EDGAR RAMON SAAVEDRA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.612.203; venezolano, mayor de edad, soltero, Comerciante, domiciliado en el Sector el Cerrito, Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JESUS GILBERTO OLIVARES MONTENEGRO, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 66911, con domicilio procesal en la Calle Monagas N° 25 de la Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: EDGAR RAMON SAAVEDRA, sobre: unas bienhechurias constante de: Un (01) local comercial, techo de Zinc, y plata-banda, paredes de bloque, piso de cemento, Dos (02) cuartos, Un (01) baño, Dos (02) puertas Santa María; en una superficie que mide; NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS. CON QUINIENTOS CENTIMETROS (958,500 M.T.S.2). Y tiene un área de construcción que mide; SESENTA METROS CUADRADOS (60 M.T.S.2). se encuentra enclavadas en terrenos Municipales; Ubicado en el Sector el Cerrito en Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, el cual tiene los siguientes linderos.
NORTE: Hugo Villavicencio.
SUR: Edgar Saavedra.
ESTE: Familia Martínez.
OESTE: Calle San Rafael.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTE (50.000 BsF.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los NUEVE (09) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DOCE. (09-10-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ PROVISORIO.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA TIT
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TIT. -
ABOG. KARINA ARCAYA.-