REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003025
PARTE ACTORA: PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO EN AUTOS
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BLANCA VASQUEZ OLIVEIRA y FRANKLIN ANTONIO COLMENAREZ SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 76.853 y 72.872.
MOTIVO: JUBILACIÒN Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos BLANCA VASQUEZ OLIVEIRA y FRANKLIN ANTONIO COLMENAREZ SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 76.853 y 72.872, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, según poder que consigna en copia simple previa su certificación con el original . Por otra parte, se deja constancia de la incomparecencia de las partes demandantes PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768, en contra de la demandada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES a tenor de lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).

FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ



APODERADOS JUDICIAL DE LAS PARTE DEMANDADADA

EL SECRETARIO
Yorman García Martínez































REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003025
PARTE ACTORA: PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO EN AUTOS
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BLANCA VASQUEZ OLIVEIRA y FRANKLIN ANTONIO COLMENAREZ SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 76.853 y 72.872.
MOTIVO: JUBILACIÒN Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día de hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las 11:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos BLANCA VASQUEZ OLIVEIRA y FRANKLIN ANTONIO COLMENAREZ SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 76.853 y 72.872, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, según poder que consigna en copia simple previa su certificación con el original . Por otra parte, se deja constancia de la incomparecencia de las partes demandantes PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por PEDRO JESUS TENIA y DIONICIO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 3.010.806 y 5.895.768, en contra de la demandada MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES a tenor de lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).

FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ



APODERADOS JUDICIAL DE LAS PARTE DEMANDADADA

EL SECRETARIO
Yorman García Martínez