REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, veintidós de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-J-2012-000974
Vista la solicitud presentada por la ciudadana EDITH YUSELINE REVILLA DE ZAVALA, titular de la cedula de identidad Nº V-3.680.974, actuando en beneficio propio y sus hijos se omiten nombres, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Angregory Escalona, Inpreabogado Nº 148.499, mediante la cual solicita, sean Declarados Únicos y Universales Herederos del ciudadano ADELSO JESUS ZAVALA PEROZO (Fallecido en fecha 14 de julio de 2012). Visto y examinado el Justificativo de Testigos evacuados por ante este el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, en fecha 19 de octubre de 2012, acta de matrimonio, actas de defunción y actas de nacimientos que se acompañan la presente Solicitud, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16 ejusdem, y en atención a lo solicitado, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, DEL CIUDADANO ADELSO JESUS ZAVALA PEROZO, cédula de identidad Nº V-4.786.222: a la ciudadana EDITH YUSELINE REVILLA DE ZAVALA, titular de la cedula de identidad Nº V-3.680.974 y a sus hijos: se omiten nombres.
Se faculta suficientemente al Secretario de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas al interesado.
Dado, firmado y sellado en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón.
En Punto Fijo, a los veintidós (22) días del mes de octubre del año 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO
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