REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, tres de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000836

PARTE NARRATIVA
Vista la anterior solicitud de Autorización para Cobro de Indemnización por Muerte, presentada junto con anexos, por la ciudadana JOANA JOSEFINA CASTELLANO PALENCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.519.491, en beneficio de las HNAS SE OMITEN NOMBRES.
PARTE MOTIVA
Mediante el cual solicita AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE. Désele entrada. Fórmese expediente. Anótese en los libros respectivos. SE ADMITE por cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria a ninguna disposición de la Ley, al Orden Publico, ni a las buenas costumbres. Refiere su escrito, que la ciudadana JOANA JOSEFINA CASTELLANO PALENCIA y las HNAS LUGO CASTELLANO, son esposa e hijas del ciudadano De Cujus EMILIO JESÚS LUGO GUTIÉRREZ (fallecido) en fecha 05 de abril del año 2012, como se evidencia de Acta de Defunción, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, para que la Madre de las adolescentes ya mencionadas, ciudadana JOANA JOSEFINA CASTELLANO PALENCIA, antes identificada, tramite el cobro por conceptos laborales ante la empresa SEGEMA, S.A., demás beneficios que le correspondan, ya que van en beneficio de las adolescentes. Visto todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley.
PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana: JOANA JOSEFINA CASTELLANO PALENCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.519.491, Madre de las adolescentes las HNAS SE OMITEN NOMBRES, para que en nombre de éstas, proceda a tramitar el Cobro por conceptos laborales ante la empresa SEGEMA, S.A., demás beneficios y que pudiera corresponderle a sus hijas por el fallecimiento de su Padre el ciudadano: de Cujus EMILIO JESÚS LUGO GUTIÉRREZ. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte del adolescente deberá ser remitida al Tribunal, en cheque a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio del mismo.
Se autoriza al Secretario de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión. Regístrese, Publíquese y Ejecútese.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón al tercer (03) día del mes de octubre de dos mil doce (2012). Años 202° y 153°.



DRA. JENNY RODRIGUEZ LAMON

JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


EL SECRETARIO
ABG. IGNACIO HIDALGO