REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, treinta de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-V-2012-000159
Vista la anterior diligencia de fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil doce (2012), suscrita por la ciudadana: YANIRSA COROMOTO MANDIQUE OCANDO, titular de la cédula de identidad Nº 11.259.042, debidamente asistida por la abogada ROSA ALBA AMESTY LOPEZ, inscrita ante el IPSA, bajo el Nº 160.590, en la cual desiste del procedimiento de la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, incoado por su persona, este Tribunal hace las siguientes consideraciones: Actuando a tenor de lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se decreta la extinción de la causa por DESISTIMIENTO del procedimiento por parte del demandante, y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se faculta al secretario de este despacho para que realice las certificaciones respectivas y se ordena el desglose de los documentos originales consignados, colocando en su lugar copias certificadas de los mismos. Líbrese
Se ordena el cierre y archivo de la presente causa.
DRA. JENNY RODRIGUEZ LAMON
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION
EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO
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