REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, treinta y uno de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-J-2012-001091
PARTE NARRATIVA
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Revisada la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana MARY FRAN RODRIGUEZ SEMECO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.017.387, quien actúa en representación de los derechos e intereses de sus hijas, SE OMITEN NOMBRES, debidamente asistida por la abogada VIANNY YENIREE ORTIZ CIANFAGLIONE, inscrito ante el IPSA, bajo el Nº 174.146. En consecuencia este Despacho Judicial de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ADMITE.
PARTE MOTIVA
Refiere el escrito libelar presentado ante este Tribunal, que los niños: GISMARY VALENTINA CORDERO RODRIGUEZ y GREDMARY VICTORIA CORDERO RODRIGUEZ, son hijas de los ciudadanos MARY FRAN RODRIGUEZ SEMECO y GIOVANNY RAFAEL CORDERO, fallecido en fecha 25 de agosto de 2012, como evidencia el Acta de Defunción, y que para la fecha del fallecimiento del padre de las niñas antes mencionadas, ciudadano: GIOVANNY RAFAEL CORDERO, se desempeñaba como Militar Activo específicamente como Sargento Mayor de Segunda en el Destacamento 44 de la Guardia Nacional Bolivariana de la ciudad de Punto Fijo, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, en nombre de las niñas SE OMITEN NOMBRES, para representarlas por ante cualquier Autoridad o Representación Administrativa, Judicial, Entidad Bancaria, así como ante el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional (IPSFA), y en sus nombres pueda gestionar los conceptos necesarios y requeridos que como herederas de su legítimo padre GIOVANNY RAFAEL CORDERO, Ut supra, le correspondan, ya que va en beneficio de las niñas antes identificadas.
PARTE DISPOSITIVA
Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana MARY FRAN RODRIGUEZ SEMECO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.017.387, madre de las niñas SE OMITEN NOMBRES, para que en nombre de éstas, las represente por ante cualquier Autoridad o Representación Administrativa, Judicial, Entidad Bancaria, así como ante el Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional (IPSFA), y en sus nombres pueda gestionar los conceptos necesarios y requeridos que como herederas de su legítimo padre GIOVANNY RAFAEL CORDERO, fallecido en fecha 25 de junio del año 2012. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte de las niñas, deberán ser remitida al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de los mismos. Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta AUTORIZACIÓN y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el despacho del Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a los treinta y un (31) días del mes de Octubre del año dos mil doce (2012).
DRA. JENNY RODRÍGUEZ LAMON
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
EN MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
EL SECRETARIO;
ABG. IGNACIO HIDALGO RUIZ
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