REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo,
Punto Fijo, veinticinco de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : IP31-V-2007-000637
En el día de hoy, veintitrés (23) de octubre de 2012, siendo las 09:35 a.m día, día y hora fijados por este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, para tener lugar el acto oral y público de juicio, en el presente asunto contentiva de demanda por pretensión de Responsabilidad de Crianza con Atributo de Custodia, incoada por el ciudadano CARLOS ERNESTO BERMUDEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 9.695.283, así como también la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, en contra de la ciudadana CONSUELO MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 13.212.696. Se deja constancia que la presente Audiencia de Juicio esta siendo Reproducida de forma audiovisual cuyas características son las siguientes: Serial Nº B6SA 10133 R, Modelo: VDR-D100PL, Marca: Panasonic. Es aperturado el Acto por el ciudadano Juez Dr. ALEXANDER LOPEZ DELEÓN, de conformidad a lo establecido en el Articulo 484 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y es constatada la asistencia de las partes por el ciudadano Secretario Temporal del Tribunal de juicio de éste Circuito Judicial de Protección, Abogado AGUSTÍN RAFAEL DELGADO ORTÚÑEZ, encontrándose presente el ciudadano el ciudadano CARLOS ERNESTO BERMUDEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 9.695.283, así como también de la Representante del Ministerio Público, Abg. María Gabriela Reyes Chirinos, asimismo se deja constancia de la NO comparecencia de la parte demandada ni por si ni por medio de apoderados. Siendo constatada la presencia de las partes, el Juez de Juicio expone: vista la diligencia consignada ante la URDD de este Circuito Judicial de Protección, por parte de la representación del Ministerio Público, el día de hoy, 23 de octubre de 2012, por medio de la cual solicita la EXTINCIÓN de la presente causa, en razón de que el beneficiario en la misma , ciudadano CARLOS ERNESTO BERMUDEZ MOLINA, en fecha veinte (20) de octubre del año que discurre, alcanzó la mayoría de edad, tal como se evidencia del Acta de Nacimiento Nº 093, la cual riela al folio tres (03) del presente expediente, a tal efecto, le concede la palabra a la representación Fiscal, quien hace uso de la misma ratificando la prenombrada diligencia. Toma nuevamente la palabra el ciudadano Juez quien expone: Siendo que por mandato de la ley, a través del artículo 356 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, opera la extinción de la Patria Potestad, lo que haría inejecutable la sentencia, y siendo que de una revisión de las Actas que conforman la presente causa se evidencia que no ha habido actuación o intervención de Abogado Privado, lo que se traduce en que no se generen costas procesales, éste Tribunal Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley decreta la extinción de la causa, por mayoridad del ciudadano Carlos Ernesto Bermudez Molina. Téngase la Presente Acta como la Sentencia Definitiva de acuerdo a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicado de manera supletoria, tal como lo establece el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. No hay condenatoria en costas. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Es todo se leyó y conforme firman.
EL JUEZ DE JUICIO
ABG. ALEXANDER LÓPEZ DELEÓN
PARTE DEMANDANTE
CARLOS BERMUDEZ MENDEZ
REPRESENTACIÓN FISCAL
ABG. MARÍA REYES CHIRINOS
EL SECRETARIO
ABG. AGUSTÍN DELGADO ORTÚÑEZ
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