REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
Caracas, 19 de octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-015630
SOLICITANTE: ORLANDO NICOLÁS SUÁREZ RADA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.117.494.
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES: El adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, de doce (12) años de edad.
ABOGADO(A) ASISTENTE: MIRIAN VIVAS, en su carácter de Defensora Pública Cuarta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas.
Motivo: Tutela.

Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud de Tutela, presentada por el ciudadano ORLANDO NICOLÁS SUÁREZ RADA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.117.494, a favor de su nieto, el adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION Z, de doce (12) años de edad, debidamente asistido por la abogada MIRIAN VIVAS, en su carácter de Defensora Pública Cuarta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto se evidencia que los ciudadanos ORLANDO NICOLÁS SUÁREZ RADA, AURA ZORAYA MARTÍNEZ TERÁN y CARMEN SORAIDA SUÁREZ RADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.117.494, V-6.039.039 y V-4.431.129, respectivamente, aceptaron los cargos de Tutor, Protutora y Suplente de Protutora, respectivamente, asimismo los miembros del Consejo de Tutela, ciudadanos CARMEN MARÍA TERÁN, DANKALY SUÁREZ RODRÍGUEZ, EDÉN LORENSO RADA y MIGDALIA CLEOTILDE TOVAR JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.147.216, V-8.177.859, V-4.581.822 y V-6.192.351, respectivamente, aceptaron el cargo recaído en sus personas y fueron debidamente juramentados por esta Juzgadora, visto que se han cumplido los extremos exigidos por la Ley, es por lo que este Tribunal Décimo de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DISCIERNE en la persona de los ciudadanos ORLANDO NICOLÁS SUÁREZ RADA, AURA ZORAYA MARTÍNEZ TERÁN y CARMEN SORAIDA SUÁREZ RADA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.117.494, V-6.039.039 y V-4.431.129, respectivamente los cargos de Tutor, Protutora y Suplente de Protutora, en el mismo orden, y los cargos como miembros del Consejo de Tutela en los ciudadanos CARMEN MARÍA TERÁN, DANKALY SUÁREZ RODRÍGUEZ, EDÉN LORENSO RADA y MIGDALIA CLEOTILDE TOVAR JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.147.216, V-8.177.859, V-4.581.822 y V-6.192.351, respectivamente, con todos los deberes y consecuencias que derivan de dichos cargos, del adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, de doce (12) años de edad, de conformidad con lo establecido en los artículos 313 y 314 del Código Civil. Así se decide.
En consecuencia, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas que solicitaren las partes interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA,

ABG. GREYMA ONTIVEROS MONTILLA
EL SECRETARIO,

ABG. KRISTIAN CASTELLANOS
GOM/KC/Dannys Hernández