REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 24 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2010-000319
ASUNTO : IP01-D-2010-000319

RESOLUCION DECRETANDO ORDEN DE CAPTURA

Revisado como ha sido el Presente Asunto observa este despacho luego de una revisión exhaustiva del mismo que en fecha 16 de Diciembre de 2010 este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal Adolescente dio entrada al Presente asunto seguida en contra del Joven ya adulto Luís Enrique Álvarez Lugo Venezolano nacido en fecha 16 de Junio de 1992 Titular de la cedula de Identidad Nº 25.010.882 y residenciado en la bajada las Piedras calle José Félix Rivas casa S/n del Municipio Carirubana del Estado Falcón y/o en el barrio Miramar Calle la Florida casa Nº 62 de la bajada las Piedras del Municipio Carirubana del Estado Falcón a fin de imponer la Sanción que le fuere dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la circunscripción Judicial de este estado Falcón, actuando en funciones de Control dictada en fecha 19 de Noviembre del 2010 Previa Admisión de sus hechos en la que Sanciona al Joven ya adulto a cumplir con la Medida de Reglas de Conducta por un lapso de Seis Meses determinándose de acuerdo al computo efectuado como fecha de culminación de la sanción el dia 19 de Junio del 2011.
este despacho evidencia que al referido adolescente jamás se le ha podido imponer de las condiciones de cumplimiento de la Sanción de Reglas de Conducta que le fue dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial de este estado Falcón, actuando en funciones de Control dictada en fecha 19 de Noviembre del 2010 Previa Admisión de sus hechos en virtud de que en reiterada oportunidades fue diferida la audiencia de Imposición de Sanción por la incomparecencia del Joven ya adulto, haciendo la salvedad que algunas de esa incomparecencias fueron Justificadas por razones de enfermedad, Sin embargo, observa también esta Juzgadora que muchas de esas incomparecencia no fueron Justificadas, agotando entonces este Juzgado todas las vías para Ubicar al Joven ya adulto con el Objeto de imponer las condiciones de cumplimiento de la Sanción al referido Joven adulto por este despacho, enviando la notificación dirigida al joven y su representante legal con la Policía Municipal de Bolivariana, quien manifiesta que el joven ya adulto no pudo ser ubicado y que por las indagaciones hechas de personas que habitan en el Sector el adolescente y su representante legal no residen en la zona, y ni siquiera telefónicamente lo han podido Ubicar ya que el numero telefónico no pertenece al adolescente ni a ningún familiar.
Cabe señalar que es deber del Joven adolescente Luís Enrique Álvarez Lugo y su representante Legal presentar su debida Justificación en caso de no poder comparecer al llamado que el Tribunal tenga ha bien de hacer
Ahora bien es de hacer notar que el Joven adolescente se encuentra en libertad Sin embargo el mismo esta Sometido a un Proceso en el que el Tribunal Segundo del Municipio Carirubana actuando en funciones de Control quien Sanciono conforme al Procedimiento de Admisión de los hechos al Joven Adolescente Luís Enrique Álvarez Lugo por la comisión del delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el articulo 31 de la ley contra el Trafico y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del estado Venezolano
Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de la Sección Penal Adolescente de este Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara en Rebeldía Según lo previsto en el Articulo N° 617 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del adolescentes Ordena la Captura del Sancionado al Joven ya adulto Luís Enrique Álvarez Lugo Venezolano nacido en fecha 16 de Junio de 1992 Titular de la cedula de Identidad Nº 25.010.882 y residenciado en la bajada las Piedras calle José Félix Rivas casa S/n del Municipio Carirubana del Estado Falcón y/o en el barrio Miramar Calle la Florida casa Nº 62 de la bajada las Piedras del Municipio Carirubana del Estado Falcón, en consecuencia líbrese la correspondiente Orden Captura ante los Organismos competentes y demás órganos de Seguridad del Estado Ofíciese al Sipool a fin de que el Joven adulto sea incluido como Solicitado por este Juzgado, Ordenando que una vez Capturado el Joven Luís Enrique Álvarez Lugo sea Puesto a la orden de este Juzgado, Primero de Ejecución de la Sección Penal Adolescente quien Procederá a fijar una audiencia a fin de escuchar al Adolescentes y Resolver sobre la Revocatoria de la Medida Ofíciese lo conducente Cúmplase



La Jueza Titular Primero de Ejecución
Sección penal adolescente
Abg.Enialina Ruiz de Flores
La Secretaria
Maria Domínguez