REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 8 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2012-000246
ASUNTO : IP01-D-2012-000246


SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Revisada, como ha sido el Presente asunto y visto el escrito interpuesto por el Fiscal Undécimo del Ministerio Publico a favor del adolescente ALEXANDER JESUS PEROZO HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº 24.621.028, a quien se le sigue causa Penal por ante este Despacho por estar incurso en uno de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Vigente, todo ello conformidad con las disposiciones legales contenidas en el articulo 561 literal “d” de la Ley Orgánica Para la Protección de Niño Niña y Adolescente en concordancia con el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de los hechos objetos del proceso no se realizo o no se le pudo atribuir al imputado o imputado. Ahora bien Observa este Despacho que la Representación Fiscal presento por ante Unidad de Recepción y Distribución de Documentos escrito en el que Solicita a este despacho El Sobreseimiento Definitivo a favor del ALEXANDER JESUS PEROZO HERANDEZ, venezolano, fecha de nacimiento 21-02-1996; edad 16 años, titular de la cédula Nº 24.621.028, domiciliado Barrio 5 de Julio, callejón Los Perozos, casa sin numero, al frente de un taller de latonería CARWEEL hijo de Alexander Perozo y Jormary Hernández; a quien la representación Fiscal le imputo la Presunta comisión de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Vigente. Este Despacho luego de analizar todas y cada una de las actuaciones que conforman el asunto pasa hacer las siguientes consideraciones, PRIMERO: En fecha 17 de Septiembre del 2012 el Abg. ERMILO ROSALES, actuando como Fiscal undécimo del Ministerio Público del Estado Falcón; presentó escrito por ante la Unidad de Recepción y Documentos de éste Circuito Judicial Penal el cual fue dado por recibido, por este Juzgado en esta misma fecha, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Definitivo a favor del Adolescente ALEXANDER JESUS PEROZO HERANDEZ en virtud de que los hechos no se realizaron o no se les pudo atribuir. No existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de acción penal de conformidad con el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Que en fecha 8 de Octubre del 2012 este Despacho emite su pronunciamiento con respecto a la solicitud de Sobreseimiento Definitivo interpuesta por el Ministerio Publico a favor del adolescente TERCERO: Es por lo que este Juzgado Acuerda con lugar la Solicitud de la defensa y Decreta el Sobreseimiento Definitivo de conformidad con el articulo 562 la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y así se decide.
Dispositiva
Por todos los razonamientos antes expuestos es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL CON RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE CORO ESTADO FALCÓN; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Acuerda con lugar la Solicitud del Ministerio Publico y se Decreta el Sobreseimiento Definitivo por de conformidad con el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la causa seguida a el Adolescente ALEXANDER JESUS PEROZO HERANDEZ, venezolano, fecha de nacimiento 21-02-1996; edad 16 años, titular de la cédula Nº 24.621.028, domiciliado Barrio 5 de Julio, callejón Los Perozos, casa sin numero, al frente de un taller de latonería CARWEEL hijo de Alexander Perozo y Jormary Hernández; a quien la representación Fiscal le imputo la Presunta comisión de uno de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Vigente. En consecuencia Regístrese Publíquese notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase al archivo para su guarda y custodia

Abg. ZHAYDHA PAEZ CABEZA

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL SECCION ADOLESCENTE



ABG. MARIA DOMINGUEZ
SECRETARIA