REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 2 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ11-P-2012-000048
ASUNTO : IJ11-P-2012-000048

AUTO ACORDANDO SOBRESEIMIENTO

Corresponde a este Tribunal dictar SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida con motivo del Acto conclusivo presentado por el Fiscal 15º del Ministerio Público Abg. CARLOS COLMENARES en contra de los ciudadanos EDWIN JOSE QUILOTE, venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, nacido en fecha 07/09/1989, soltero, profesión u oficio taxista, natural y residenciado en Bella Vista, calle Punto Fijo, casa sin numero, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estrado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 18.632.301, DIEGO FERNANDO CONDE MARULANDA, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido en fecha 03/08/1988, soltero, profesión u oficio taxista natural y Residenciado en Caja de Agua, calle Providencia adyacente al Edificio San José, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V 83.060.314, JOSE GREGORIO CONTRERAS ROJAS, venezolano, mayor de edad. De 24 años de edad, nacido en fecha 23/01/1988, soltero, profesión u oficio Obrero, natural de San Cristóbal y Residenciado en la Calle Comercio de Caja de Agua, Edificio San José, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V 18.019.615, DEIVIS JOSE ROJAS GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, de 29 años de edad, nacido en fecha 07/09/1983, soltero, profesión u oficio Albañil, natural de Maracaibo, Estado Zulia y Residenciado en Creolandia, calle Los Castaños con calle Unión casa s/n, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 18.497.815, LEONARDO ENRIQUE VEGAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, 27 años de edad, nacido en fecha 02/07/1985, soltero, profesión u oficio Obrero, natural y Residenciado en el Barrio Libertador calle Principal casa Nº 26, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 18.631.147, LEOMAR RAFAEL REYES ARTIAGA, venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, nacido en fecha 04/7/1986, soltero, profesión u oficio Comerciante, natural y Residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle Brisa del Norte con calle Panamá, casa s/N,. Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 17.923.726, HENRY ANTONIO MARQUEZ REYES, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 15/09/1988, soltero, profesión u oficio Taxista, natural y Residenciado en el Sector Domingo Hurtado, calle Arauco casa NC 94, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 19.058.544, debidamente asistido y representado judicialmente por los defensores de confianza ABG. ELIEZER NAVARRO, ABG. MIGUEL ARNAEZ, ABG. HERNAN SANCHEZ, ABG. MARY BELLO, ABG. JEAN CARLOS QUINTERO Y ABG. HAROLD GUERRERO, con domicilio procesal en esta ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana, Estado Falcón. VICTIMAS PANADERIA VIRGEN DEL VALLE, por la presunta comisión del delitos de HURTO CALIFICADO, AGAVILLAMIENTO sancionado en el artículo 453 ordinales 3° y 9° del Código Penal Venezolano, este Juzgado de Control para decidir considera:
I
En fecha 02 de octubre de 2012 , fue presentada por ante la unidad de recepción y distribución de documentos de este Circuito Judicial, de conformidad con los artículos 11, 24, 318 ordinal 4° y 108 ordinal 70 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 37, ordinal 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Público solicitud de SOBRESEIMIENTO por parte del Fiscal 15º del Ministerio Público del Estado Falcón en contra de EDWIN JOSE QUILOTE, venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, nacido en fecha 07/09/1989, soltero, profesión u oficio taxista, natural y residenciado en Bella Vista, calle Punto Fijo, casa sin numero, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estrado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 18.632.301, DIEGO FERNANDO CONDE MARULANDA, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido en fecha 03/08/1988, soltero, profesión u oficio taxista natural y Residenciado en Caja de Agua, calle Providencia adyacente al Edificio San José, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V 83.060.314, JOSE GREGORIO CONTRERAS ROJAS, venezolano, mayor de edad. De 24 años de edad, nacido en fecha 23/01/1988, soltero, profesión u oficio Obrero, natural de San Cristóbal y Residenciado en la Calle Comercio de Caja de Agua, Edificio San José, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº V 18.019.615, DEIVIS JOSE ROJAS GUERRERO, Venezolano, mayor de edad, de 29 años de edad, nacido en fecha 07/09/1983, soltero, profesión u oficio Albañil, natural de Maracaibo, Estado Zulia y Residenciado en Creolandia, calle Los Castaños con calle Unión casa s/n, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 18.497.815, LEONARDO ENRIQUE VEGAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, 27 años de edad, nacido en fecha 02/07/1985, soltero, profesión u oficio Obrero, natural y Residenciado en el Barrio Libertador calle Principal casa Nº 26, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº 18.631.147, LEOMAR RAFAEL REYES ARTIAGA, venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, nacido en fecha 04/7/1986, soltero, profesión u oficio Comerciante, natural y Residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle Brisa del Norte con calle Panamá, casa s/N,. Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 17.923.726, HENRY ANTONIO MARQUEZ REYES, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 15/09/1988, soltero, profesión u oficio Taxista, natural y Residenciado en el Sector Domingo Hurtado, calle Arauco casa NC 94, Municipio Carirubana, Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad Nº 19.058.544, por considerar que conforme al estudio pormenorizado del resultado de las diligencias de carácter investigativo practicadas en la presente causa.
II
Por lo antes planteado y considerando este sentenciador que el sistema del ejercicio de la acción penal es un sistema semí- absoluto, en lo que respecta a los delitos de acción pública, como lo es en el caso de autos ya que la titularidad y el ejercicio de la acción penal en dicho delito pertenece al Estado a través del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 285 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público 11, 24 y 108 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual el Ministerio Público se encuentra facultado para solicitar el sobreseimiento de la causa, tal como lo hizo en el presente caso.
Por cuanto el Tribunal ha evaluado el mérito de las actuaciones presentadas por lo cual considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 108 numeral 7° ejusdem y el articulo 37 numeral 15 de las Ley Orgánica del Ministerio Publico, establecido en el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, extinguiéndose así la acción penal, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cúmplase con lo ordenado, Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos expuestos este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a EDWIN JOSE QUILOTE, DIEGO FERNANDO CONDE MARULANDA, JOSE GREGORIO CONTRERAS ROJAS, DEIVIS JOSE ROJAS GUERRERO, LEONARDO ENRIQUE VEGAS HERNANDEZ, LEOMAR RAFAEL REYES ARTIAGA, HENRY ANTONIO MARQUEZ REYES, plenamente identificado en autos, investigados por el delito de por la presunta comisión del delito de, HURTO CALIFICADO, AGAVILLAMIENTO sancionado en el articulo 453 ordinales 3° y 9° del Código Penal Venezolano, de conformidad con lo establecido en el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, EXTINGUIÉNDOSE ASÍ LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia líbrese la correspondiente boleta de libertad y ofíciese lo conducente al Internado Judicial de Coro del estado Falcón y a la Fiscalía 16º del Ministerio Público de la presente decisión. Regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión, Publíquese Y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial de esta Extensión en su debida oportunidad. Así se decide. Líbrese Boleta a Órgano Aprehensor Zona 2. Notificase a las partes. CÚMPLASE.

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT LA SECRETARIA
ABG. GLORIANA MORENO