REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 16 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2012-007203
ASUNTO : IP11-P-2012-007203
AUTO DECLARANDO LA PRÓRROGA SOLICITADA
En fecha 20 de Septiembre del año 2012, se llevo a efecto audiencia de presentación de imputado en el presente asunto, seguido al ciudadano WILLY JOSÈ SANCHEZ, en relación a la solicitud interpuesta por el Fiscal Décimo Quinto Del Ministerio Público: Abg. Carlos Colmenares, a quien se le Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACIÓN previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal primero concatenado con el articulo 80 del Código Penal, por haberse cometido con premeditación y alevosía, en perjuicio de LEOANNYS ALVAREZ GOMEZ y JEREMY JESUS HURTADO LUGO, transcurriendo desde tal fecha el tiempo perentorio para dictar el acto conclusivo correspondiente. Así las cosas, observa entonces este Tribunal que la representación Fiscal, en su escrito solicita se le conceda una prórroga de quince (15) días, conforme lo dispone el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto ese Despacho Fiscal debe recabar diligencias ordenadas al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y ante el eminente vencimiento del lapso a que se refiere el articulo up supra mencionado, es por lo que solicita, se le conceda la referida prorroga. En tal sentido, de la revisión de las actas y en atención al contenido del artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, queda acreditado que el Ministerio Público presentó la solicitud dentro del lapso legal establecido en nuestro ordenamiento jurídico, igualmente ser observa que el requerimiento Fiscal se encuentra motivado a que debe presentar el respectivo acto conclusivo contemplado en artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual este Tribunal considera procedente la concesión de la PRORROGA DE QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del día 20 de octubre de 2012 y culmina el día 4 de Noviembre de 2012. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: CONCEDER LA PRÓRROGA DE QUINCE (15) DÍAS, solicitada por el Fiscal Décimo Quinto Del Ministerio Público: Abg. Carlos Colmenares, a los fines que presente el acto conclusivo que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente asunto penal seguido en contra del imputado del ciudadano WILLY JOSÈ SANCHEZ, de Nacionalidad Venezolana, natural de esta ciudad de Punto Fijo, de 20 años de edad, nacido en fecha 23-10-1991, profesión obrero, de estado Civil Soltero, residenciado en el Sector Nuevo Pueblo, Callejón Punto Fijo, casa sin numero, casa de piedra , ubicada detrás de la iglesia cristiana Enmanuel, de la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón Titular de la Cédula de Identidad N° V.-20.796.177, teléfono no posee, hijo de Egline Medina y Ramiro Sánchez, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACIÓN previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal primero concatenado con el articulo 80 del Código Penal, por haberse cometido con premeditación y alevosía, en perjuicio de LEOANNYS ALVAREZ GOMEZ y JEREMY JESUS HURTADO LUGO, , dicha prorroga es contada a partir del día 20 de octubre de 2012 y culmina el día 4 de Noviembre de 2012. Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.-
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS
LA SECRETARIA
ABG. LUCIBEL LUGO