REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 19 DE SEPTIEMBRE DEL 2.012.
AÑOS: 202º Y 153º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: BERMUDEZ EULISE JOSEFINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.483.520, venezolana, mayor de edad, soltera, obrera, domiciliada en Maria Díaz Parroquia Agua Larga Municipio Federación del Estado Falcón, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio EDWARD OLLARVEZ, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Vereda Bolívar, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: BERMUDEZ EULISE JOSEFINA, consta, de una (01) Planta distribuida de la siguiente manera Tres (03) cuarto, cuatro (04) ventana y dos (02) puertas de hierro, un (01) garaje un (01) baño, un (01) baño, una (01) sala comedor, cercado con alambre púas y estantillos de madera contando esta con los servicios de agua y luz. Dentro de los terrenos de la posesión indígena, en el Sector Maria Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, dicha casa tiene un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS (185.20 Mts2), ubicada en la Población de Maria Díaz, Parroquia Agua Larga, Municipio Federación del Estado Falcón, con AREA DE TERRENO DE OCHOCIENTOS TREINTA CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (830.50Mts2). Bajo los siguientes linderos:
NORTE: Con Vía Agua Larga- Maria Díaz.
SUR: Con Bienhechurias Liborio Marrufo.
ESTE: Con Bienhechurias Emilio Reyes.
OESTE: Con Bienhechurias de Custodio Yajure.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIECINUEVE (19) DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE. (19-09-2.012) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TIT.
ABOG. KARINA ARCAYA.