REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 04/06/2012 se dicta auto dandole entrada a Despacho, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, relacionado con el Expediente N° 15.152-12, llevado por ese Juzgado; librado en el Juicio por PARTICIÓN DE HERENCIA, seguido por los ciudadanos VIRGINIA BRIZUELA , ELOISA BRIZUELA y MARÍA BRIZUELA, respectivamente, en contra de los demandados de autos y la Sociedad Mercantil BRIGUTTI C,A., representada por el ciudadano GUSTAVO A. BRIZUELA Z., y en el que se Decretó MEDIDA DE SECUESTRO sobre los bienes muebles plenamente identificados en el mismo; emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Para su fiel y estricto cumplimiento: se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 21/09/2012 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido noventa (90) días continuos de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde su última actuación de fecha 04/06/2012, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 244/2012 remitiendola al comitente, constante de 10 folios utiles, sin cumplir por responsabilidad de las partes.