REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 28/06/2012 se dicta auto dandole entrada el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 01 folio útil expedido mediante Oficio N° 2510-389; relacionada con el Expediente N° 2.606-12, librado en el Juicio por INTIMACIÓN POR COBRO DE BOLÍVARES, seguido por el ciudadano EXCIO R. AGUILLON A., y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles e propiedad de la Parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 24/09/2012 se dicta auto mediante el cual Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 28/09/2012, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficioNro. 253/2012 remitiendola constante de 4 folios utiles, sin cumplir ´por responsabilidad de las partes.