REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 18 de Septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000134
ASUNTO : IP01-P-2009-000134


AUTO DE ACUMULACION DE CAUSAS

Revisadas las actuaciones que comprenden la presente causa observa este juzgador que en fecha 22 de Marzo de 2011, el Tribunal Tercero de Control acumulo de conformidad con el articulo 73, la causa IP01-P-2010-004743, al asunto IP01-P-2010-002356, y fija nueva oportunidad para la celebración de audiencia preliminar, así mismo este juzgador observa, que el Tribunal Tercero de Control en fecha 09 de Julio de 2012, acordó la Declinatoria de competencia de la Causa IP01-P-2010-002356, a este tribunal en Razón, que por ante este Juzgado, se sigue el asunto IP01-P-2009-000134, en contra del ciudadano JULIO ANTONIO MOLLEDA MEDINA, la cual se encuentra en la misma etapa procesal, declinatoria que realiza a los fines que sea acumulada a la Causa mas antigua que cursa por ante este Tribunal la cual es la causa IP01-P-2009-000134.


Siendo que este Tribunal Verifica que las causas: IP01-P-2009-000134, IP01-P-2010-002356, IP01-P-2010-004743, se siguen en contra del ciudadano JULIO ANTONIO MOLLEDA, y estas dos ultimas ya fueron acumuladas por el Tribunal tercero de control, y siendo que este declino las mismas para este Tribunal es por lo que es tribunal, acuerda la acumulación de las misas en la Causa IP01-P-2009-000134, ya que se encuentran en la misma etapa Procesal y se le siguen al mismo ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de la unidad del proceso y la economía procesal de tal forma que se acumulan las causas en mención. Y ASI SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO LA ACUMULACION DE LAS CAUSAS, IP01-P-2009-000134, IP01-P-2010-002356, IP01-P-2010-004743, seguidas en contra del ciudadano JULIO ANTONIO MOLLEDA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro.20.569.214. SEGUNDO: Se acuerda ordenar lo conducente a la secretaria de este tribunal los fines de realizar dicha acumulación.

Cúmplase. Publíquese, regístrese y notifíquense a las partes de la presente decisión.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE ANGEL MORALES
LA SECRETARIA
ABG. FRANCISCA CHIRINOS
Resolución N° PJ0012012000256