REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 28 de Septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-000049
ASUNTO : IP11-P-2011-000049

AUTO ACORDANDO SOBRESEIMIENTO

Corresponde a este Tribunal dictar SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida con motivo del Acto conclusivo presentado por el Fiscal 15º del Ministerio Público Abg. Carlos Colmenares, en contra de los ciudadanos YTALO ANTONIO SUAREZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, de 27 años de edad, nacido en fecha 31 de enero de 1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, natural de Barquisimeto, Estado Lara y residenciado en el sector de Santa Rosa calle Monseñor Alvarado, casa numero 29 de la Ciudad de Barquisimeto Estado Lara, titular de la cedula de identidad Nº V 16.532.632, RICARDO JAVIER PARGAS MONTES, Venezolano, mayor de edad, de 27 años de edad, nacido en fecha 10 de noviembre de 1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio ingeniero industrial, natural y residenciado en Barquisimeto Estado Lara, titular de la cedula de identidad Nº V 16.323.655, RICARDO ALBERTO RADA STELLA, venezolano, mayor de edad, de 27 años de edad, nacido el 19 de octubre de 1984, de estado soltero, de profesión u oficio Ingeniero Industrial, natural y residenciado en la avenida Ollarvides de la puerta de maraven, Urbanización Encerinela, casa numero 07, titular de la cedula de identidad Nº V 17.066.755. Por la presunta comisión de los delitos de OBTENCION INDEBIDA DE BIENES Y SERVICIOS, previsto y sancionado en la Ley Sobre Delitos Informáticos en el artículo 15, este Juzgado de Control para decidir considera:
I
En fecha 26 de Septiembre de 2012, fue presentada por ante la unidad de recepción y distribución de documentos de este Circuito Judicial, de conformidad con los artículos 11, 24, 318 ordinal 4° y 108 ordinal 70 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 37, ordinal 15° de la Ley Orgánica del Ministerio Público solicitud de SOBRESEIMIENTO por parte del Fiscal 15º del Ministerio Público del Estado Falcón en contra de YTALO ANTONIO SUAREZ DELGADO, RICARDO JAVIER PARGAS MONTES, RICARDO ALBERTO RADA STELLA, por considerar que conforme al estudio pormenorizado del resultado de las diligencias de carácter investigativo practicadas en la presente causa. En virtud del escrito presentando por la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos el ciudadano fiscal del Ministerio Publico Carlos Colmenares, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto, consignando escrito constante de 06 folios útiles de solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA del presente asunto.
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II
Por lo antes planteado y considerando este sentenciador que el sistema del ejercicio de la acción penal es un sistema semí- absoluto, en lo que respecta a los delitos de acción pública, como lo es en el caso de autos ya que la titularidad y el ejercicio de la acción penal en dicho delito pertenece al Estado a través del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 285 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Público 11, 24 y 108 del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual el Ministerio Público se encuentra facultado para solicitar el sobreseimiento de la causa, tal como lo hizo en el presente caso.
Por cuanto el Tribunal ha evaluado el mérito de las actuaciones presentadas por lo cual considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, extinguiéndose así la acción penal, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cúmplase con lo ordenado, Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos expuestos este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a YTALO ANTONIO SUAREZ DELGADO, RICARDO JAVIER PARGAS MONTES, RICARDO ALBERTO RADA STELLA, plenamente identificado en autos, investigados por el delito de por la presunta comisión del delito de, Por la presunta comisión de los delitos de OBTENCION INDEBIDA DE BIENES Y SERVICIOS, previsto y sancionado en la Ley Sobre Delitos Informáticos en el artículo 15, EXTINGUIÉNDOSE ASÍ LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia líbrese la correspondiente boleta de libertad y ofíciese lo conducente al Internado Judicial de Coro del estado Falcón y a la Fiscalía 16º del Ministerio Público de la presente decisión. Regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión, Publíquese Y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial de esta Extensión en su debida oportunidad. Así se decide. CÚMPLASE.

EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT
LA SECRETARIA
ABG. GLORIANA MORENO