REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro: 22 de ABRIL de 2013
Años: 203º Y 154º
“Vistos”
EXPEDIENTE: 1497
DEMANDANTE:
YONNY JOSÉ RODRÍGUEZ MENDEZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.616.923, domiciliado (a) en la Calle Sur, entre Calle Ampíes y Callejón Silva, casa N° 21, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ PARTIDAS, Inpreabogado Nº 171.274.
DAMANDADO GLONY CHIRINOS, venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.805.397, domiciliado (a) en la Calle Vuelvancara, entre Calles González y Colina, casa S/N, al lado de la casa N° 51, Municipio Miranda del Estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE
IVELLIE FUGUEROA ALVAREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, INPREABOGADO NRO. 29.242.
MOTIVO COBRO DE BOLIVARES
Visto la anterior diligencia presentada por el (la) ciudadano (a): GLONY CHIRINOS, venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.805.397, domiciliado (a) en la Calle Vuelvancara, entre Calles González y Colina, casa S/N, al lado de la casa N° 51, Municipio Miranda del Estado Falcón; parte demandada en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES. ASISTIDA POR EL ABOGADO IVELLIE FUGUEROA ALVAREZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, INPREABOGADO NRO. 29.242, le sigue en su contra el ciudadano YONNY JOSÉ RODRÍGUEZ MENDEZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.616.923, domiciliado (a) en la Calle Sur, entre Calle Ampíes y Callejón Silva, casa N° 21, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; asistido (a) por el (la) Abogado (a) MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ PARTIDAS, Inpreabogado Nº 171.274, mediante la cual SE DA POR NOTIFICADA Y CITADA DE LA PRESENTE ACCIÓN, Y CONVIENEN CON LA REPRESENTACION DE LA PARTE ACTORA ABOGADA MARIA ESTHER RODRIGEZ PARTIDAS, IDENTIFICADA EN AUTOS, Y SOLICITA SE DE TERMINADO EN PRESENTE LITIGIO; En consecuencia, este Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada, en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente una vez que las partes manifiesten haber cumplido con el presente acuerdo. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario de Labores del Tribunal.- LCDA. ADRIANA ODUBER
La Juez Titular, La Secretaria Titular
Abg. Zenaida Mora de López. Abg. Mariela Revilla Acosta
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla Acosta
EXP. 1497
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