REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro: 29 de ABRIL de 2013
203º Y 154º
Vistos
EXPEDIENTE: 1252
DEMANDANTE:
IVAN CABRERA, Abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado N° 97.890, titular de la cédula de identidad N° V-13.723.234; con domicilio procesal en la Calle Hernández con Calle Falcón, Edifico Ferial, Planta Baja, Oficina 4, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, Estado Falcón
DEMANDADA RICHARD JOSÉ GARCÍA CHIRINOS y YELITZA MARÍA BARICELLA OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Calle Federación, entre Calle Sur y Calle La Verdad, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, del Municipio Miranda del Estado Falcón, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.709.276 y V-11.139.363.
MOTIVO ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, causados en el procedimiento por ACCIÓN REIVINDICATORIA.
Vistas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que en fecha 10/02/2012, fue la última actuación en el mismo, con auto dictado por el Tribunal, la cual riela al folio (152), y no constando ninguna otra actuación en el asunto y habiendo transcurrido mas de un año de este último acto, se observa que no hubo interés, ni impulso procesal alguno, dando lugar al nacimiento de la figura de la perención de la Instancia prevista y establecida expresamente en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, la cual se declara.
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 1252, contentivo del juicio por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, causados en el procedimiento por ACCIÓN REIVINDICATORIA., interpuesto por el (la) abogado (a): IVAN CABRERA, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado N° 97.890, titular de la cédula de identidad N° V-13.723.234; con domicilio procesal en la Calle Hernández con Calle Falcón, Edifico Ferial, Planta Baja, Oficina 4, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, Estado Falcón, en contra los ciudadanos RICHARD JOSÉ GARCÍA CHIRINOS y YELITZA MARÍA BARICELLA OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Calle Federación, entre Calle Sur y Calle La Verdad, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, del Municipio Miranda del Estado Falcón, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.709.276 y V-11.139.363. ASI SE DECIDE.
De conformidad con el artículo 283 ejusdem, no hubo condenatoria en costas.
Archívese el presente expediente y notifíquese a la parte demandante.
Dada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a LOS VEINTINUEVE (29) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE (2013), siendo las 10: 00 de la Mañana. Lic.Adriana Oduber
La Juez Titular
Abg. Zenaida Mora de López. La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla Acosta
Nota: En la fecha UT - Supra se publicó la presente sentencia, se libraron boletas de notificación y se entregaron al Alguacil del Tribunal para su práctica. Conste.
La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla Acosta
EXP. 1252
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