REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 08/04/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 05 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión de INSPECCIÓN JUDICIAL, distinguida con el Nº 7919-13, llevado por ese Juzgado, recibido mediante Oficio Nº 2510-186, de fecha 01/04/2013, relacionada con la solicitud formulada por el ciudadano GREGORIO S. CALLES N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.518.985, asistido por el Abg. JULIO LAGUNA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.311, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 10/04/2013 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por el ciudadano GREGORIO S. CALLES N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.518.985, asistido por el Abg. JULIO LAGUNA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 154.311, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en la sede del BANCO CORPBANCA, BANCO UNIVERSAL de esta Ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspección Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día 16/04/2013, a las 09:00 a.m. Se ordena habilitar todo el tiempo necesario en la práctica de la misma. -