REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 25/03/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 08 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 67-2013, llevado por ese Juzgado, recibido mediante Oficio Nº 145-2013, de fecha 15/03/2013, relacionada con la solicitud formulada por la ciudadana MARÍA ESTHER POLANCO DE TENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.046.713, asistido por la Abg. WENDY FABIOLA ALCALÁ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.669.095 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.408; y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez
que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 10/04/2013 se dicta auto proveyendo diligencia y pedimento contenido, suscrita por la ciudadana MARÍA E. POLANCO DE TENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.046.713, asistida por la Abg. WENDY F. ALCALÁ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.408, constante de un (01) folio útil.
En virtud de la solicitud formulada, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y, ordena su traslado y constitución en el edificio de la Zona Educativa del estado Falcón, ubicado en al Avenida Tirso Salaverria, Diagonal al Mercado Municipal de esta Ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, estado Falcón, a fin de darle cumplimiento a la evacuación de la Inspecci0n
Judicial conferida a este Tribunal Ejecutor de Medidas, fijándose para ello el día acordado.
En fecha 15/04/2013 se dicta auto Por cuanto la parte interesada no compareció a la hora fijada por este Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial acordada en el presente Despacho; este Ejecutor acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.