REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 18/01/2013 se dicta auto dandole entrada a el Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, recibido mediante Oficio Nº 029-2013, de fecha 15/01/2013; librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (PORCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN), seguido por la CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIALISTA DEL ESTADO FALCÓN (CORPOFALCON), representada por los abogados EDGAR MARTÍNEZ, EUDIS MAVÁREZ, FELIPE BUENO y LAURELENA ROSALES inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nros. 98.659, 92.445, 144.816 y 154.275, respectivamente, en contra del ciudadano LEÓN SEGUNDO PIÑA DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.524.361, en el cual Homologó la transacción celebrada en el presente Procedimiento en fecha 21/10/2011, la cual ha quedado ejecutoriada, y en fecha 15/01/2013 DECRETÓ LA EJECUCIÓN FORZOSA de la misma, donde se condena a la Parte Demandado de autos en los términos allí establecidos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 18/04/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido noventa (90) días continuos de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 18/01/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha tal como se ordenó, se remitió mediante oficio Nº 114-2013 al Tribunal Comitente, constante de 04 folios útiles; sin cumplir, por falta de impulso procesal.