REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 18/01/2013 se dicta auto mediante el cual se le da entrada a el despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 02 folios útiles, recibido mediante Oficio Nº 027-2013, de fecha 14/01/2013; relacionado con el Expediente Nº 2299-2012, numeración de este Tribunal, librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (POR INTIMACIÓN), intentado por la Abg. ALMA FERRER., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.687, con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ÁNGELA N. GONZÁLEZ A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.610.175, y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes propiedad de la Parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado. Una vez cumplido el presente Exhorto, devuélvase original con sus resultas al Tribunal de Origen.-
En fecha 03/04/2013 se dicta auto mediante el cual Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 18/01/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio Nro. 093/2013 remitiendola al comitente constante de 6 folios utiles sin cumplir, por falta de impulso procesal.