REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 28/02/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo constante de 06 folios útiles, copia certificada de la Solicitud y del Auto de Admisión, recibido mediante Oficio Nº 106-2013, de fecha 22/02/2013, relacionada con la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL distinguida con el Nº 34-2013, llevado por ese Juzgado, formulada por la ciudadana CARMEN E. GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.184.952, asistido por el Abg. GREGORIO PÉREZ M., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.395, y en él exhorta a este Ejecutor a realizar la referida Inspección Judicial en los términos bajo los cuales se Admitió dicha Solicitud. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Inspección Judicial, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 30/04/2013 se dicta auto Por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido treinta (30) días hábiles de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde el auto de entrada de fecha 28/02/2013, y como quiera que durante ese tiempo no fue movilizado por la parte interesada; en consecuencia, se ordena su remisión en el estado en que se encuentra, al Tribunal de Origen.
En la misma fecha se libro oficio. Nro. 122/2013, remitiendola al comitente constante de 9 folios utiles, sin cumplir por falta de impulso procesal.