REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón,
extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 4 de Abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO: IP31-J-2013-000257

Visto el escrito presentado por el ciudadano Abogado HELME GERONIMO ALIENDO CORDERO, en su carácter de Fiscal Provisorio Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial, del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, con Competencia Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, mediante el cual solicita, se sirva ordenar la Homologación del Acuerdo por Concepto de Obligación de Manutención contentivo en Acta de fecha veinticinco (25) de marzo de 2.013, suscrita por los ciudadanos: HELLEN CAROLINA MEDINA QUINTERO y EDISON JOSE MARTINEZ MEDINA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.801.978 y V-11.767.670, respectivamente, en beneficio del niños (se omite nombre), de siete (07) y tres (03) años de edad, en su orden respectivo.

PARTE MOTIVA
Esta Juzgadora, considera qué, por cuanto la Solicitud no es contraria al Orden Público, ni a las Buenas costumbres, ni a Disposición expresa de Ley alguna, y por cuanto se cumple con lo preceptuado en el Artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y de Adolescentes, la Admite y en consecuencia:

PARTE DISPOSITIVA DEL FALLO
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de Sentencia definitiva con fuerza ejecutiva sin perjuicio de que pueda ser ajustada anualmente en beneficio de las niños. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
PRIMERO: el ciudadano: EDISON JOSÉ MARTINEZ MEDINA, ya identificado, se compromete en contribuir y aportar la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) mensuales por concepto de Obligación de Manutención a favor de sus hijos (se omite nombre), entregándoselos directamente a la madre de mis hijos, la ciudadana: HELLEN CAROLINA MEDINA QUINTERO, ya identificada, en cuotas de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) semanal, en relación al colegio lo continuaré pagando en su totalidad como lo ve venido haciendo, con respecto a los gastos médicos aportaré el cincuenta por ciento (50%) cuando mis hijos lo requieran , en el mes de agosto le comprare a mi hijos todos sus uniformes escolares tanto el diario como el de deporte con sus respectivos calzados y lista de útiles escolares, en el mes de diciembre de la misma manera compare a mis hijos toda su ropa con sus respectivos calzados para el veinticuatro (24) y Treinta y Uno (31), así mismo cada uno le comprara a los niños su juguete de navidad, de acuerdo a sus posibilidades económicas, demás gastos extras serán de por mitad. De igual forma solicita sea fijado aumento automático de acuerdo a los índices inflacionarios y tomando como referencia el salario mínimo mensual que haya establecido el Ejecutivo Nacional.
SEGUNDO: La ciudadana HELLEN CAROLINA MEDINA QUINTERO, manifiesto en este mismo acto: Acepto el ofrecimiento realizado por el padre de mi hijo, el ciudadano: EDISON JOSÉ MARTINEZ MEDINA, en los términos antes expuesto.
Se autoriza a la Secretaria de este Despacho para expedir las copias certificadas de esta decisión.
Regístrese, Publíquese y Ejecútese.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los cuatro (04) días del mes de abril de dos mil trece. Años 202° y 154°.



ABG. NATCARLY ISABEL BARROSO ACACIO.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón,
Extensión Punto Fijo


El Secretario,
ABG. IGNACIO HIDALGO