REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 3 de Abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2009-000052
ASUNTO : IP01-D-2009-000052
AUTO ORDENANDO VERIFICACIÓN DE LA SANCIÓN
Luego de una revisión exhaustiva y minuciosa de las actas que conforman el cuerpo del presente expediente, se evidencia que en fecha Catorce (14) de Marzo del año 2.012, se celebró Audiencia de imposición de la sanción decretada al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien le fue impuesta la sanción de Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) Año por estar incurso en uno de los delitos tipificados en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Drogas, como lo es el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, imponiéndole como condiciones: Primero: No verse involucrado en un hecho delictivo; Segundo: No permanecer a altas horas de la noche en la calle; Tercero: No consumir sustancias Estupefacientes ni Psicotrópicas y Cuarto: Consignar constancia de Estudio y de Trabajo. Determinando judicialmente que dicha sanción la cumple en fecha 14 de Marzo de 2.013, por lo que una vez revisadas como fueron las actuaciones y visto que ha transcurrido el lapso impuesto para el cumplimiento de la sanción, es por lo que este Tribunal acuerda fijar Audiencia para el día 29/04/2.013 a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones que le fueran impuestas. Notifíquese a las partes, cítese al sancionado de autos. Cúmplase
EL JUEZ UNICO DE EJECUCION SECCION PENAL ADOLESCENTES
ABG. ALDRIN JOSE FERRER PULGAR
LA SECRETARIA
ABG. MARISOL GARRIDO