REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 07 DE AGOSTO DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: IRENE DEL CARMEN ARAMBULET SANCHEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.494.416, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Calle Santa Rosa, Sector el Valle de la Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio JOLIMAR CAROLINA ROJAS MELENDEZ, debidamente Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 138.789, domiciliada en la Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón. Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: IRENE DEL CARMEN ARAMBULET SANCHEZ, sobre: Una (01) casa de habitación familiar descrita de la siguiente manera: Consta de Tres (03) habitaciones-dormitorios, dos (02) baños, Sala-Recibo, Cocina – Comedor, Porche, Lavadero – Patio trasero; la cual fue construida con bloques de Concreto y Cabillas, techo de acerolit, Puertas de madera y de Hierro, ventanas de madera, hierro y aluminio y piso de cemento, en una parcela de Terreno Municipal, que consta de: MIL NOVECIENTOS TRES METROS CUADRADOS (1903,Mts2) la cual posee un área de construcción de DOSCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS ( 213 mts2); ubicada en la Calle Santa Rosa, Sector El Valle de la Parroquia Maparari, Municipio Federación del Estado Falcón, demarcada dentro de los linderos siguientes:
NORTE: Calle Santa Rosa que es su frente.
SUR: Con Terreno de Salomón Rodríguez.
ESTE: Inmueble de Norkys Arambulet.
OESTE: Con inmueble de Maria Rodríguez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000Bs.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SIETE (07) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL TRECE. (07-08-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO ACC.
JUAN C. BELLO PRIMERA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO ACC.
JUAN C. BELLO PRIMERA.