REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 07 DE JULIO DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: EMIGDIO RAFAEL CARDERO CARDENAS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.630.738, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, domiciliado en la Calle Padre Aldana, casa S/N frente al local comercial ferretería Churuguara C.A, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón. Asistido en este acto por la ciudadana: NANCYS ZEA TORRES, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 3.833.299, debidamente inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 155.787, con domicilio procesal en la calle municipal entre San Rafael y San Antonio, sector La Planta, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón; visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: EMIGDIO RAFAEL CARDERO CARDENAS, sobre: una bienhechurias, constante de una (01) sala de oficina: Construida de bloques frisados, techo de platabanda, piso de cerámica, puertas y ventanas de aluminio con sus protectores de un área de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (48M2), Una (01) caballeriza construida con media pared de bloques, vigas metálicas, de zinc, piso de cemento, con una medida de CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS ( 441M2), Una (01) piscina construida de cerámica, de una medida de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (324M2), Dos (02) baños independientes, construidos con una medida de construcción de DIEZ METROS CUADRADOS (10M2), en una superficie de terrenos Municipales que mide: DIEZ MIL METROS CUADRADOS (10.000 M2), posee los servicios de aguas blancas, aguas negras y electricidad, ubicada en el Sector La Costilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, enmarcada dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Con Calle Sin Nombre.
SUR: Con Calle Sin Nombre.
ESTE: Calle el Tocuyo.
OESTE: Con Propiedad de la Familia Sánchez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de: TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000. Bs.) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los SIETE (07) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL TRECE. (07-08-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ

ABOG. SIMON RAMIREZ.
EL SECRETARIO ACC.

JUAN C. BELLO PRIMERA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

EL SECRETARIO ACC.

JUAN C. BELLO PRIMERA.