REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, Lunes diecinueve (19) de Agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2011-000210
ASUNTO : IP11-P-2011-000210
AUTO MOTIVADO ACORDANDO DEJAR SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSION.
Visto el escrito que antecede suscrito por el Defensor Privado Abg. Dimas Davalillos en su carácter de defensor de la ciudadana FRANCYS ZULLI SUAREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.586.210, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural del estado Falcón, nacida en fecha 08 de Junio de 1965, de 45 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión comerciante, grado de instrucción: Licenciada en Nutrición, Hijo León Suárez y Berta González, residenciado calle Monagas, entre Girardot y Zamora, Quinta Francys, casa 31, sector centro, teléfono: 245.82.26 y 0414 697.20.79, Punto Fijo, Estado Falcón, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión de los delitos de DEFRAUDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinal 6° del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana ROSSANA CRISTINA SIRIT LISCANO y el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de JOSE ANDRES REYES PINEDA; esta Juzgadora antes de emitir el pronunciamiento hace las siguientes consideraciones:
I
DE LA PRETENSION
La defensa privada refiere sea dejada sin efecto la orden de aprehensión librada en contra de su defendida.
II
RESOLUCION DEL TRIBUNAL.-
El artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela establece lo siguiente: “Artículo 44: La libertad personal es inviolable, en consecuencia ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial a menos que sea sorprendida in fraganti….” Cursiva nuestra; siendo este a su vez el criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 11.12.2001 con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, sentencia Nº 2580 la cual refiere: “la aprehensión de una persona puede obrar en virtud de dos condiciones, a saber, orden judicial o flagrancia…” Cursiva nuestra.-
Asi pues, de la revisión del presente asunto penal, se constata que la orden judicial emanada por el Tribunal tercero en funciones de Control de esta extensión Judicial fue judicializada; encontrándose el hoy acusado de autos en los actuales momentos bajo medida cautelar sustitutiva de libertad referidas a los ordinales 3º y 4º del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; dado a que le fuera acordada Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad por la Corte reapelaciones del estado Falcón.
En atención a todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio acuerda procedente dejar SIN EFECTO Orden de Aprehensión de fecha 18-03-2009 librada contra de la ciudadana FRANCYS ZULLI SUAREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.586.210, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural del estado Falcón, nacida en fecha 08 de Junio de 1965, de 45 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión comerciante, grado de instrucción: Licenciada en Nutrición, Hijo León Suárez y Berta González, residenciado calle Monagas, entre Girardot y Zamora, Quinta Francys, casa 31, sector centro, teléfono: 245.82.26 y 0414 697.20.79, Punto Fijo, Estado Falcón, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión de los delitos de DEFRAUDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinal 6° del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana ROSSANA CRISTINA SIRIT LISCANO y el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de JOSE ANDRES REYES PINEDA; en el presente asunto penal. Así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda dejar SIN EFECTO Orden de Aprehensión de fecha 10.02.2012 librada contra la ciudadana FRANCYS ZULLI SUAREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.586.210, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural del estado Falcón, nacida en fecha 08 de Junio de 1965, de 45 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión comerciante, grado de instrucción: Licenciada en Nutrición, Hijo León Suárez y Berta González, residenciado calle Monagas, entre Girardot y Zamora, Quinta Francys, casa 31, sector centro, teléfono: 245.82.26 y 0414 697.20.79, Punto Fijo, Estado Falcón, a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión de los delitos de DEFRAUDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinal 6° del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana ROSSANA CRISTINA SIRIT LISCANO y el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de JOSE ANDRES REYES PINEDA; conforme con lo establecido en el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordena oficiar a los Órganos de Seguridad del Estado y al Sistema de Información Policial (SIPOL). Se ordena notificar a las partes de la presente resolución. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión, a los diecinueve (19) días del mes de Agosto de 2013.-
LA JUEZA PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO
ABOG. CLAUDIA RENATA BRACHO PEREZ.
LA SECRETARIA
ABG. KATTY C. QUINTERO