REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 10 DE DICIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: VICTOR RAMON ACOSTA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.478.131, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión vigilante, domiciliado en el Sector la Costilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por: EDWARD OLLARVEZ, Abogado en ejercicio debidamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el número Nº 181.847, con domicilio procesal en la Urbanización Santa Lucia I, Casa N° 138 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, Visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: VICTOR RAMON ACOSTA, sobre: Unas bienhechurias, constituido por una casa de bloque con friso de concreto, vigas de concreto, tres (03) cuartos con ventanas de hierro, una (01) sala-cocina con puertas y ventana de hierro, un (01) baño, un (01) porche, cerca de alambre púas y estantillos de madera, dicha casa tiene un área total de construcción de CINCUENTA METROS CUADRADOS (50 Mts2), constando esta con los servicios de agua, luz. Enclavada en una parcela de Terreno Municipal, que mide DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (234 Mts2), ubicada el Sector la Costilla, Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, bajo los siguientes linderos:
NORTE: Con Juan Urrutia.
SUR: Con Luís González.
ESTE: Con Ramona Camacho.
OESTE: Con Callejón.
La mencionada Bienhechuria tiene un costo de CIEN MIL BOLIVARES (100.000 BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los DIEZ (10) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (10-12-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.