REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 05 DE DICIEMBRE DEL 2.013.
AÑOS: 203º Y 154º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: FREDY JOSE YAJURE MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.511.005, venezolano, mayor de edad, chofer, soltero, civilmente hábil, domiciliado en el Sector José Leonardo Chirinos de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el abogado en ejercicio NELSON JESUS HERNANDEZ, debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº171.211, y con domicilio procesal en la Calle San Antonio de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: FREDY JOSE YAJURE MEDINA, sobre: unas bienhechurías constituida por una Casa paredes de bahareque, techo de zinc, piso de concreto, puertas y ventanas de hierro, cercada de bloque por tres lados y el frente con rejas de metal y columnas de concreto, dicha casa tiene un área de construcción de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54 mts2) distribuida de la siguiente manera: sala-comedor-cocina, Un (01) dormitorio, Una (01) letrina o excusado y servicios de agua y luz, sobre una parcela de terreno municipal constante de: CIENTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (153,75 Mts2), de extensión superficial, ubicadas en el Sector “José Leonardo Chirinos” de esta Ciudad de Churuguara, del Municipio Federación del Estado Falcón, bajo los siguientes linderos:
NORTE: Con Terrenos del Concejo Comunal San Juan Bautista.
SUR: Con Iglesia Evangélica Fuente de Amor.
ESTE: Con Calle Santa Eduviges.
OESTE: Con Casa de Laureano Álvarez.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000,00 Bs.)
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los CINCO (05) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRECE. (05-12-2.013) AÑOS: 203° Y 154°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.-