Vista la mediación positiva lograda en la Prolongación de la Audiencia Preliminar celebrada el día cuatro (04) de diciembre de 2013, a las 9:30 a.m. entre el ciudadano GLEN JOSE FUENMAYOR MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.695.513, asistido por la abogada ANAROSA DEL VALLE SANCHEZ COLINA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 171.299 apoderada judicial de la parte actora y la abogada NATHALY VILLAVICENCIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 155.742, apoderada judicial de la empresa codemandada. Este tribunal quien presidio la audiencia y mediación entre las partes conforme lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, logro que las partes pusieran fin a la controversia, a través de los medios de autocomposición procesal en el presente juicio, en el cual: