REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 18 de Diciembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2013-000104
ASUNTO : IP01-D-2013-000104

Resolución Decretando Cese de la Sanción de Privativa de Libertad

En la oportunidad fijada para la realización de la Audiencia de impocision del Cese de la Medida de Privación de Libertad por cumplimiento de Sanción, este despacho impuso a los Jóvenes adolescentes IDENTIDAD OMITIDA del Cese de la Medida de Privativa de Libertad por cumplimiento de Sanción, quienes fueron sancionados por el Tribunal Primero del Municipio Carirubana actuando como Juzgado de Control en el sistema de Responsabilidad Penal a cumplir Un (01) AÑO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD y SEIS (06) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA, y Seis Meses de Reglas de Conducta por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO VIOLACION AL DOMICILIO Y PRIVACION ARBITARRIA DE LIBERTAD tipificado, en los artículos 458,183 174 y 218 del Código Penal Vigente, y sancionado en el articulo 628 parágrafo segundo, literal a de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del los ciudadanos : Nery Josefina Roca , Marco Tulio Rojas , Ana de Duran Eduardo y Alicia Duran Para un total de cumplimiento de la sanción de Privativa de libertad por el lapso de Un año
Así mismo constata este despacho que los Jóvenes en cuestión efectivamente cumplieron con la Sanción de Privativa de Libertad impuesta, en el lapso previsto para su cumplimiento, Cesando este Juzgado en audiencia Oral la medida de Privativa de Libertad impuesta a los Jóvenes IDENTIDAD OMITIDA por lo que Ordena su Inmediata Libertad por cumplimiento de Sanción, e impone a los Referidos Jóvenes del cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida por el lapso de Seis Meses indicándole a los Jóvenes la manera de cómo cumplirán con el resto de la sanción impuesta así pues cumplirá 6 meses de libertad asistida en la que los jóvenes en cuestión deberán presentarse por ante el departamento de libertad asistida a fin de ser incorporados a los programas que allí imparten a los adolescentes infractores con la ley penal comenzando sus presentaciones el dia 14 de Noviembre del 2013 culminándola el dia 14 de Mayo del 2014. Para luego de cumplir con la Libertad asistida cumplir con la medida de DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS MESES así las cosas dicha medida comenzara a computarse el dia 15 de mayo del 2014 hasta el dia 15 de de Octubre del 2014, siempre y cuando hallan cumplido con la medida de libertad asistida debiendo el departamento de libertad asistida vigilar el cumplimiento de las Reglas de Conducta consistiendo dichas reglas de conducta en: 1: Buscar empleo y consignar constancia de trabajo, 2. No verse involucrado en ningún otro hecho delictivo. 3. No consumir Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas y no Portar Armas de Fuego. 4. No reunirse con personas de dudosa reputación, 5. Presentarse en al Sede del Tribunal el día Lunes 18 de Noviembre del 2013 a los fines de entrevistarse con al Licenciada Zully Fernández. Y así se decide
Dispositiva

Por todos los Argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el CESE de la Medida de Privativa de Libertad por el lapso de un año a los jóvenes ya adultos IDENTIDAD OMITIDA , e impone a los Jóvenes en cuestión de la medida de Libertad Asistida por el lapso de Seis (06) meses y Reglas de Conductas por el lapso de Seis Meses en perjuicio de los ciudadanos : Nery Josefina Roca , Marco Tulio Rojas , Ana de Duran Eduardo y Alicia Duran , Para un total de cumplimiento de sanción de Dos (02) Años comenzando la medida de Libertad Asistida sus presentaciones el dia 14 de Noviembre del 2013 culminándola el dia 14 de Mayo del 2014. Para luego de cumplir con la Libertad asistida cumplir con la medida de DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS MESES así las cosas dicha medida comenzara a computarse el dia 15 de mayo del 2014 hasta el dia 15 de de Octubre del 2014, siempre y cuando hallan cumplido con la medida de libertad asistida debiendo el departamento de libertad asistida vigilar dichas Reglas de conducta en consecuencia notifiques a las partes y líbrese los respectivos oficios a Zuly Fernández así como al departamento de Libertad asistida remitiendo copia certificada de la decisión y así se decide.


LA Jueza Titular de Ejecución
De la Sección Penal adolescente
Abg. Enialina Ruiz Ortiz de Flores



La Secretaria
Abg. Marlin Barrientos