REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
-EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
EXPEDIENTE: 8736
ACCIÓN: Inserción de Partida de Nacimiento.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano LEONARDO JOSE ZARRAGA, venezolano, mayor de edad, Soltero, agricultor, sin cedula de identidad, domiciliado en la Calle Principal, Casa S/N de la Población Buenevara, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogado ARGENIS MARTINEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cedula de identidad No. V- 7.528.896 Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.943,
PARTE DEMANDADA: Ciudadanos Osleida María Perozo Zarraga, Ambar J. Perozo Zarraga, Yparcia Marilys Perozo Zarraga, Yoselys Fairus Perozo Zarraga, Joana Paola Perozo Zarraga, Jonathan Antonio Perozo Zarraga, Edgar David Perozo Zarraga, Paulino Perozo Zarraga y Marina Perozo Zarraga, venezolanos, mayores de edad, solteros, los seis primeros titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.516.322, V-14.647.871, V- 16.755.420, V-16.198.341, V-20.796.369 y V-19.944.734, domiciliados en la Calle Principal, casa s/n (en la Casa anexa al Bar Los Guaros) de la Población de Buenevara, Parroquia Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón.
JURISDICCIÓN: Civil.
El Tribunal por constatar de las actas procesales, que desde el día 08 de Noviembre de 2.012, (folio 08), fecha de la admisión de la demanda, hasta el día de hoy 19 de Diciembre de 2.013, ha transcurrido más de un (01) año, sin haber realizado durante dicho lapso, ningún acto de procedimiento para impulsar el proceso, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem. Así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley.- Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Archivo judicial, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión, a los fines del ejercicio del recurso de Ley.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los diecinueve (19) días del mes de Diciembre de (2.013).- Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-

La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marin López.-



Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 2:00 PM
Previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria Titular
Abg. Maraly Marin López
CHL/mq
Exp: 8736