REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: QUINCE (15) DE ENERO DE DOS MIL TRECE (2013)
AÑOS: 200° y 152°

Una vez revisado el expediente signado con el numero 10.378, proveniente por declinatoria de competencia por la materia, del Juzgado Tercero del Municipio Miranda del Estado Falcón, toda vez que la demanda incoada por la Corporación para el Desarrollo Socialista del Estado Falcón ente crediticio en materia Agrícola adscrito a la Gobernación del Estado Falcón va dirigida a Cooperativas que se dedican a la actividad Agrícola. Constituyen las razones de hechos y de derecho por la que este Tribunal actuando en sede Agraria se declara competente para el conocimiento de la demanda presentada a consideración. ASI SE DETERMINA.
EL JUEZ TEMPORAL

ABG: EDUARDO YUGURI P.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. DAMELIS CHIRINO.
NOTA: En la misma fecha se publico la anterior decisión, siendo las 2:00 p.m., quedando anotada bajo el Nº 005 en el libro de sentencias. Conste.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. DAMELIS CHIRINO.