REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
CHURUGUARA, 29 DE ENERO DEL 2.013.
AÑOS: 202º Y 153º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: ROGZARELIS ELIZABETH OLIVARES MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.681.525, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Sector Santa Lucia II de la Parroquia Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ANTEQUERA, portador de la cedula de identidad N° 12.182.516, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 154349, con domicilio procesal en la Calle Páez N° 34, de la Población de Churuguara Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor de la ciudadana: ROGZARELIS ELIZABETH OLIVARES MEDINA, sobre: Una bienhechuria constante de Una (01) casa de Bloque, piso cemento, techo zinc, Tres (03) habitaciones, cocina, comedor, Dos (02) cuartos, Una (01) puertas de metal, Tres (03) ventanas de metal, cerca perimetral de alambre de púas, estantes de madera, con un área de construcción que mide CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (54 M2) en una superficie de terrenos Municipales que mide: TRECIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS (323.21 M2), se encuentra ubicado en el Sector el Estanque Publico Parroquia Churuguara, Municipio Federación, Estado Falcón. Y tiene los siguientes linderos:
NORTE: Zaida Gómez.
SUR: Callejón Esser.
ESTE: Cancha deportiva el Estanque.
OESTE: Roger Olivares.
El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (10.000, BS).
La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los VEINTINUEVE (29) DÍAS DEL MES DE ENERO DEL DOS MIL TRECE. (29-01-2.013) AÑOS: 202° Y 153°.
EL JUEZ.-
ABOG. SIMON RAMIREZ.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.-

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
EL SECRETARIO SUPLENTE.
ABOG. JESUS TORRES.