REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, ocho de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO : IP31-V-2012-000077
En el día de hoy, 08 de enero de 2013, siendo las diez y treinta (10:30 a. m.), del día fijado por este Tribunal para la celebración de la Audiencia de Sustanciación en la presente causa Nº IP31-V-2012-000077, que se tramita por ante este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con sede en Punto Fijo, referida a la demanda por concepto de Divorcio Contencioso, que incoara el ciudadano Edgar de Leones Guanipa, titular de la cédula de identidad Nº V-13.554.130, asistido jurídicamente por el abogado Orlando Díaz Díaz, inscrito en el IPSA bajo el Nro.: 87.675, en contra de la ciudadana Bethsolie Hernández de Leones, titular de la cédula de identidad Nº V-13.516.482, se anuncia la respectiva audiencia en las puertas de este Circuito de Protección, por parte de la Unidad de Alguacilazgo, dejándose constancia de la no comparecencia del ciudadano Edgar de Leones Guanipa, ni por si ni por medio de apoderado, de igual forma se deja constancia de la no comparecencia de la ciudadana Bethsolie Hernández de Leones, ni por si ni por medio de apoderado. Por último, se deja constancia de la comparecencia de la Abogada María Gabriela Reyes, en su condición de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público y tercero interviniente de buena fe en la presente acusa. Seguidamente la Jueza se pronuncia de conformidad al artículo 478 de la LOPNNA, si ambas partes no comparecen a sustanciación de la audiencia preliminar se termina el proceso. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, da por concluido por el presente procedimiento, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se declara. ES todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PRIMERA,


DRA. JENNY RODRIGUEZ LAMON






ABG. MARÍA GABRIELA REYES
FISCAL NOVENO (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO



EL SECRETARIO,


ABG. FREDDYS MANUEL ROMERO