REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, dieciocho de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-001398
PARTE NARRATIVA
Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por el ciudadano WILMER JOSÉ MAVO CUAURO, titular de la cedula de identidad Nº.: 7.574.929, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre los hermanos (se omiten nombres), hijos del ciudadano WILLIAM ANTONIO MAVO CUAURO, titular de la cedula de identidad Nº.: 7.574.208, en razón de que el ciudadano WILLIAM ANTONIO MAVO CUAURO, contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, al ciudadano WILMER JOSÉ MAVO CUAURO, titular de la cedula de identidad Nº.: 7.574.929.

PARTE MOTIVA
Lleno como están los requisitos exigidos por la Ley, considera este juzgador que existe suficiente elemento de convicción para declarar con lugar lo solicitado.


PARTE DISPOSITIVO DEL FALLO
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona del ciudadano WILMER JOSÉ MAVO CUAURO, ya identificado, a fin de que lo ejerza sobre los hermanos (se omiten nombres).
Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-
Publíquese y Regístrese.
DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN A LOS DIECIOCHO (18) DIAS DEL MES DE ENERO DE 2013.





DR. FREDDY MEDINA CHACÓN
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. DANELLA GARCIA




EN ESTA MISMA FECHA SIENDO LAS 12:00 M, SE DICTO Y SE PUBLICO LA PRESENTE SENTENCIA.




LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. DANELLA GARCIA